III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2021-10247)
Resolución de 3 de junio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de mayo de 2021, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Sábado 19 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 74632

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10247

Resolución de 3 de junio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de
mayo de 2021, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de
repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de mayo de 2021, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el 18 de diciembre de 2020.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 3 de junio de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria,
Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad Autónoma de Andalucía el 18 de diciembre de 2020
Primero.
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
pagador de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como competente en la gestión y
control de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional
quinta del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la
liquidación realizada sobre la deuda contraída de quinientos sesenta y dos mil
novecientos cinco euros con cuatro céntimos (562.905,04 €) con cargo al Fondo Europeo
Agrario de Desarrollo Rural (FEADER).

Dicha deuda, atribuida al Organismo pagador de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, ha sido extinguida al haber efectuado un abono en la cuenta habilitada del
Banco de España por el importe de 562.905,04 € adeudado con fecha 3 de febrero
de 2021 para FEADER, por lo que se acuerda admitir dicho abono como medio de pago
voluntario anticipado de la deuda y, no se repercuten los intereses compensatorios de los
costes financieros, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del Real
Decreto 515/2013, de 5 de julio.

cve: BOE-A-2021-10247
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Segundo.