III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-10239)
Resolución de 27 de marzo de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Fundación de la Universidad de Costa Rica, para que actúe como entidad colaboradora de subvenciones de política exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Sábado 19 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 74594

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El objeto de este Convenio es nombrar como entidad colaboradora a la Fundación
UCR para que actúe en nombre y por cuenta de la AECID en la entrega y distribución de
fondos públicos a los beneficiarios de una subvención procedente de la AECID o
colabore en la gestión de la subvención o ayuda con el objeto de ejecutar proyectos de
Cooperación Internacional para el Desarrollo según se apruebe en las Resoluciones de
concesión de Subvenciones.
La colaboración que se instaura entre las partes firmantes de este Convenio, en
virtud de lo dispuesto en Artículo 9 del Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que
se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación internacional, y en
el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene
también como objeto la entrega y administración por parte de la Fundación UCR de
fondos procedentes de las subvenciones otorgadas por la AECID, con el objeto de
ejecutar proyectos de Cooperación Internacional que AECID apruebe en las resoluciones
de subvención, teniendo en cuenta que la entidad colaboradora no puede ejecutar el
proyecto objeto de la subvención.
La duración del Convenio será de cuatro años, con posibilidad de prórroga hasta los
seis años.
También es objeto de este Convenio fijar el porcentaje con el que se compensará a la
entidad colaboradora por cada subvención.
Segunda. Compromisos de la AECID.

Tercera.

Compromisos de la Fundación UCR.

a) La Fundación UCR intervendrá como entidad colaboradora de la AECID
actuando por cuenta y orden de ésta según lo indicado en cada Resolución de
Concesión de Subvenciones, para la entrega y administración de los fondos procedentes
de la AECID destinados a ejecutar proyectos de Cooperación Internacional para el
Desarrollo. Estos fondos en ningún caso se considerarán integrantes del patrimonio de la
Fundación UCR.

cve: BOE-A-2021-10239
Verificable en https://www.boe.es

Los proyectos de cooperación, para los que se solicite la colaboración de la
Fundación UCR deberán haber sido aprobados en las correspondientes Resoluciones de
concesión de subvenciones de la AECID, en el marco del Plan Director de la
Cooperación Española y en el Marco de Comisión Mixta entre la República de Costa
Rica y el Reino de España.
Las resoluciones de concesión de subvenciones de política exterior que se dicten por
la AECID en la que participe la entidad colaboradora, incluirán en su clausulado la
intervención de la entidad colaboradora Fundación UCR en base al Convenio
formalizado entre la AECID y la entidad colaboradora, publicado en el BOE de fecha 19
de junio de 2021.
En el clausulado de la resolución de concesión de subvenciones o ayudas constará
también que la entidad colaboradora Fundación UCR podrá percibir por su intervención
un porcentaje máximo de un 5 % a concretar para cada intervención por mutuo acuerdo
de las partes del importe total de la subvención o ayuda concedida.
La AECID dictará una Resolución para notificar a la entidad colaboradora cada una
de las resoluciones de concesión de subvención de política exterior e incluirá en su
clausulado la compensación económica concreta de acuerdo con el Convenio
formalizado entre la AECID y la entidad colaboradora.