III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-10253)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización del Programa de Estudios Espaciales SSP21 de la Universidad Internacional del Espacio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Sábado 19 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 74680

4. Facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de los interesados en relación
con sus datos personales: acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento,
portabilidad, oposición y no ser objeto de una decisión basada únicamente en el
tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles.
5. Proteger los datos desde el diseño y por defecto, de modo que sólo sean objeto
de tratamiento aquellos datos personales que sean necesarios para cada uno de los
fines del tratamiento.
6. Llevar un registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su
responsabilidad.
7. Una vez finalizado el presente convenio, los datos serán destruidos en su
totalidad o devueltos a la parte que los hubiera facilitado o a cuyo fichero o ficheros se
hubiera accedido, así como los distintos soportes o documentos en los que tales datos
pudieran constar.
Novena.

Información pública y obligaciones de transparencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (BOE
núm. 295, de 10 de diciembre de 2013), la UGR, en relación con este convenio, hará
pública la información relativa a las partes firmantes, su objeto, su vigencia, las
obligaciones que asumen las partes y cualquier modificación que se realice.
Décima.

Naturaleza.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen
jurídico de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(Capítulo VI, Título Preliminar).
Undécima.

Resolución de conflictos.

La UGR y el IAA-CSIC acuerdan que cualquier divergencia, discrepancia o
controversia que pudiera surgir con la interpretación o ejecución del presente convenio,
que no pueda resolverse por la comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula
cuarta, será sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Duodécima.

Vigencia.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio, constando como fecha de
suscripción el 10 de junio de 2021.–La Rectora Magnífica de la UGR, María Pilar Aranda
Ramírez.–La Vicepresidenta de Organización y Relaciones Institucionales del CSIC,
Rosina López-Alonso Fandiño.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-10253
Verificable en https://www.boe.es

Conforme establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, el convenio se perfeccionará por la prestación del
consentimiento de las partes manifestado mediante su firma, y resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal (REOICO), debiendo publicarse, a continuación, en el «Boletín
Oficial del Estado». Permanecerá en vigor desde el día siguiente al de su inscripción
en REOICO hasta el día 1 de septiembre de 2021, coincidiendo con la finalización del
Programa de Estudios Espaciales (SSP2021).