III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-10191)
Resolución 420/38225/2021, de 10 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Asisa y Segurcaixa-Adeslas, para la asistencia sanitaria de titulares y beneficiarios adscritos al Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
44 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

Hospitalización
convencional

Especialidad

Hospitalización
intensiva

Sec. III. Pág. 74273

Consulta
externas

Hospital
de día

Quirófano/
Técnicas

Urgencias/
Guardia

Consultas

Oncología Radioterapica.

X

X

X

T

X

Oftalmología.

X

X

X

T/Q

L

X

Otorrinolaringología.

X

X

X

T/Q

L

X

Pediatría*.

X

X

X

F

X

Preventiva.
Psiquiatría.

X

X

T

Rehabilitación.

X

Reumatología.

F

X

X

T

X

X

X

X

T

X

Cgia. Ortoped. y Traumatología.

X

X

X

Q

F

X

Urología.

X

X

X

Q

L

X

*Incluye Neonatología 1.º nivel (Excluido 2.º nivel de neonatología e intensivos pediátricos). Quirófano /
Técnicas: Q actividad quirúrgica, T técnicas diagnósticas y/o terapéuticas
Urgencias / Guardia: F guardia de presencia física, L guardia localizada, G guardia en «grupo» de
especialidades médicas.

Asistencia odontológica.
Las prestaciones odontológicas incluidas en la Cartera de servicios figuran en el anexo IV.
ANEXO II
Alcance de la prestación de servicios: Definiciones
Cualesquiera de las diferentes modalidades de prestación asistencial, recogidas en
la Cartera de Servicios del Centro Sanitario, exigen como condición indispensable la
existencia del correspondiente registro en la Historia Clínica del paciente.
1.

Hospitalización

La hospitalización requiere el ingreso del paciente en el Hospital y la asignación de
una cama de hospitalización, de acuerdo con las siguientes definiciones:
Camas de hospitalización:













Observación de urgencias.
Inducción Pre-anestésica.
Unidad de Recuperación Post-anestésica (U.R.P.A.).
Gabinetes de exploración.
Hospital de Día y de noche (estudios del sueño).
Camas de acompañantes.
Camas destinadas al personal del centro.
Puestos de diálisis.
Camas utilizadas para exploraciones especiales (endoscopia, laboratorio, otras).
Cunas de recién nacidos normales (área obstétrica).
Incubadoras portátiles.

cve: BOE-A-2021-10191
Verificable en https://www.boe.es

– Camas convencionales de hospitalización y de cuidados especiales (intensivos
médicos, quirúrgicos, pediátricos, neonatales, coronarios, etc.).
– Cunas de área pediátrica.
– Incubadoras fijas.
– No se consideran camas de hospitalización las instaladas en: