III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10203)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de junio de 2021

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medioambientales» (1 Alteraciones morfológicas, restauración hidromorfológica,
conectividad, naturalización de cauces y mejora del espacio fluvial, 2 Contaminación de
origen urbano, 3 Contaminación puntual por vertidos industriales, 4 Contaminación difusa
y 5 Otras fuentes de contaminación-minería, suelos contaminados, vertederos), de los
que varios parecen exceder en parte del ámbito del Plan, la valoración de los efectos
ambientales del Plan para una serie de aspectos (mejora de la gobernanza, Contribución
del DSEAR sobre los objetivos de estado de las masas de agua y ZP, repercusiones del
DSEAR sobre los PdM y consecuencias derivadas, conservación medioambiente y
relación con otras políticas de protección, otros aspectos indicativos de una adecuada
planificación hidrológica y/o gestión sostenible del recurso, y otros aspectos relacionados
con la economía circular, el ahorro y eficiencia energética, y la adaptación al cambio
climático), utilizando los valores -1, nulo, +1 y +2. Los escasos impactos negativos
reconocidos se refieren sobre todo al ámbito de la depuración y el saneamiento, y
guardan relación con el consumo energético en los tratamientos, la gestión de lodos, las
redes de distribución y bombeos para la contaminación de origen urbano, el incremento
de emisiones de GEI de las plantas de tratamientos y de la gestión de lodos, las pérdidas
de recurso en el transporte, y las interacciones con los volúmenes suministrados por la
desalación, que se consideran negativas. Las tablas 26 y 27 del Estudio ambiental
estratégico contienen, respectivamente, un resumen de los indicadores de síntesis
empleados para la valoración de efectos asociados a los objetivos ambientales
impulsados por el Plan y un extracto del grado de importancia relativa de cada posible
tipo de proyecto o actuación.
Finalmente, la tabla 28 del Estudio indica los principales efectos ambientales
esperados para las medidas de depuración, saneamiento y reutilización sobre las que se
centra el Plan, ya sean favorables, desfavorables, contrarios a los inicialmente previstos
o colaterales, siguiendo en esto la clasificación de impactos de los anexos 3 a 6 del
Documento de referencia (anexo 2 de la Declaración). Sin embargo, esta clasificación se
aplica a los impactos típicos de estas tres medidas, más que a los efectos ambientales
estratégicos de las decisiones que el Plan adopta (aquí denominadas propuestas), que
no siempre están formuladas de manera completa.
Como conclusión, el Estudio ambiental estratégico apenas identifica efectos
negativos significativos del Plan sobre el medio ambiente, presuponiendo que de existir
eventuales efectos negativos serían puntuales y temporales en fase de construcción y se
verían compensados por los propios beneficios de la actuación en sí, que se deben
traducir en una mejor calidad de los efluentes, una reducción de las presiones e
impactos asociados y en esencia, una mejora del estado de las masas de agua
receptoras. Esta práctica ausencia de apreciación de efectos negativos de Plan supone
una generalización que debe ser convenientemente matizada, lo que ha sido advertido
por algunos consultados (FNCA, Dirección General de Patrimonio Natural y Política
Forestal de Castilla y León, Dirección de Patrimonio Natural y Cambio Climático del
Gobierno Vasco), que consideran más apropiado realizar un análisis caso por caso,
considerar los efectos de las medidas sobre cada espacio o sobre cada masa de agua,
el grado en que cada medida contrarresta las presiones significativas, su ratio coste/
beneficio y su efectividad, para poder determinar su pertinencia. Adicionalmente, hay que
tener en cuenta que parte de las actuaciones en materia de reutilización no van dirigidas
al logro de los objetivos medioambientales sino a la satisfacción de las demandas,
suponiendo un aumento de la oferta del recurso que puede provocar efectos ambientales
negativos, más importantes en las demarcaciones que ya parten de elevados niveles de
estrés hídrico por extracciones, y agravados por la generalizada reducción de la
disponibilidad de recursos hídricos provocada por el cambio climático, disminuyendo la
capacidad de resiliencia.
El Estudio ambiental estratégico no contiene un capítulo específico de medidas para
prevenir, reducir o compensar los efectos negativos importantes del Plan en el medio

cve: BOE-A-2021-10203
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Núm. 145