III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-10203)
Resolución de 11 de junio de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de junio de 2021

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(frecuentemente riego de jardines o campos de golf), lo que supone el consumo del
recurso por evapotranspiración.
Con independencia de su uso productivo, la reutilización de aguas residuales
depuradas supone el no retornarlas al cauce o masa de agua originalmente receptora del
vertido depurado, lo que afecta tanto a la masa de agua receptora de dicho vertido
depurado como a las masas de agua o zonas protegidas conectadas aguas abajo. Ello
provoca un cambio en el régimen de caudales y en las características físico-químicas en
dichas masas de agua y zonas protegidas, cuyos efectos ambientales pueden ser
favorables o desfavorables, en función de su estado y de las presiones a que están
sometidas. Como se ha indicado en el análisis de la parcialmente solapada
Propuesta 1.1 «Definir criterios y metodología para la priorización de las medidas; en
especial las de depuración, saneamiento y reutilización», el Plan debe diferenciar con
claridad los casos en que la reutilización provocará efectos ambientales positivos o
negativos, para promover o evitar su realización respectivamente.
Varias consultas (OECC, WWF, FNCA, AEOPAS) inciden en que las actuaciones de
reutilización que el plan priorice únicamente deberían estar vinculadas a sustituir
extracciones de sistemas sobreexplotados y no a aumentar la oferta del recurso,
destacando el papel que los vertidos convenientemente depurados pueden desempeñar
para mejorar el estado de muchas masas de agua que actualmente no cumplen sus
objetivos medioambientales. También inciden en la inadecuación de la consideración de
los vertidos depurados como un «residuo» al que aplicar los principios de la economía
circular para justificar que debe ser reutilizado, en el elevado grado de explotación que
actualmente ya presentan muchas demarcaciones y masas de agua, en que la falta de
garantía para muchos usos se debe a fallos en la previsión de disponibilidad del recurso
en las asignaciones y concesiones, y en la necesidad de no aumentar la oferta de agua
para mejorar la resiliencia de los ecosistemas y usos actuales frente a la generalizada
reducción del recurso que impone el cambio climático.
Se considera que la reutilización puede causar efectos ambientales desfavorables
significativos al menos en los siguientes casos:
– Cuando la masa de agua o zona protegida receptora del vertido o las demás
hidrológicamente conectadas están sometidas a presión significativa por extracciones o
regulación, que el vertido depurado contribuye o puede contribuir a mitigar. Se
mencionan como casos particulares el de vertidos depurados que contribuyen a mejorar
el régimen de caudales de tramos fluviales de desembocadura o las aportaciones a
humedales costeros afectados por presión por extracciones en cuencas que presentan
un elevado índice de explotación de los recursos hídricos, y el de vertidos depurados que
son una fuente importante de alimentación hídrica para espacios protegidos o humedales
cuya alimentación original a partir de aguas superficiales o subterráneas se encuentra
actualmente comprometida o ha desaparecido por sobreexplotación del recurso.
– Cuando la reutilización únicamente supone un aumento de la oferta de recurso
para satisfacer nuevas demandas, aumentando la presión por extracciones y la
vulnerabilidad frente al cambio climático (OECC).
– Cuando la alternativa de mantener el vertido depurado sobre la masa de agua o
zona protegida que originalmente lo recibe incrementando el nivel de depuración de las
aguas residuales (tratamiento terciario, eliminación selectiva de contaminantes) puede
suponer un avance significativo para el logro de los objetivos medioambientales de dicha
masa de agua o zona protegida, o de otras hidrológicamente conectadas.
– Cuando la reutilización aumenta el riesgo de deterioro del estado o puede impedir
el logro de los objetivos ambientales de masas de agua o zonas protegidas (por ejemplo:
reutilización con fines de aumento o de intensificación del regadío sobre zonas
vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario o sobre superficies agrarias
que provocan presión significativa por contaminación difusa sobre masas de agua o
zonas protegidas).

cve: BOE-A-2021-10203
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Núm. 145