I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Información tributaria. (BOE-A-2021-10163)
Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179, "Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 74124

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA
Orden HAC/612/2021, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 179,
«Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines
turísticos» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su
presentación.

El Tribunal Supremo declaró (sentencia número 1106/2020) la nulidad del
apartado 11 del artículo primero del Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, por el
que se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de
gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los
procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007,
de 27 de julio, y el Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el
Consejo para la Defensa del Contribuyente, que introducía un nuevo artículo 54 ter en el
Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de
los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, relativo a la obligación
de información sobre las cesiones de viviendas con fines turísticos.
En concreto, y al considerar que se trata de una materia relativa a reglamentaciones
técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, fundamenta dicha
sentencia en la infracción del artículo 5.1 de la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento
de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de
la sociedad de la información, que establece «la obligación de los Estados miembros de
comunicar inmediatamente a la Comisión todo proyecto de reglamento técnico, salvo si se trata
de una simple transposición íntegra de una norma internacional o europea, en cuyo caso
bastará una simple información referente a dicha norma; igualmente, los Estados miembros
dirigirán a la Comisión una notificación referente a las razones por las cuales es necesaria la
adopción de tal reglamento técnico, a menos que dichas razones se deduzcan ya del
proyecto.»
Por tanto, tras la declaración de nulidad de dicho precepto reglamentario, quedaba
sin efecto la obligación de presentar el modelo 179, Declaración informativa trimestral de
la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
La relevancia de esta información relativa a las cesiones de viviendas con fines turísticos
para las labores de asistencia y control a los contribuyentes, así como para las labores de
prevención del fraude fiscal, motivan que el Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el
que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del
Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias, con
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Directiva (UE) 2015/1535, introduzca en
su disposición final segunda un nuevo artículo 54 ter en el Reglamento General de las
actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las
normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, regulando en idénticos
términos la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos,
que la contenida en el anterior artículo 54 ter que fue aprobado por el Real
Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre.
Por tanto, es necesaria la aprobación de la presente orden, que viene a sustituir a la
Orden HFP/544/2018, de 24 de mayo, por la que se aprueba el modelo 179,
«Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos»
y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, al devenir
inaplicable como consecuencia de la mencionada sentencia del Tribunal
Supremo 1106/2020.

cve: BOE-A-2021-10163
Verificable en https://www.boe.es

10163