II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-10183)
Orden de 18 de mayo de 2021, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico en razón de puesto y/o idioma, para la cobertura de los puestos singularizados de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Viernes 18 de junio de 2021

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Las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito correspondiente
participarán en esta Comisión con dos miembros.
El personal de la Comisión deberá pertenecer a cuerpos para cuyo ingreso se exija
igual o superior titulación al que esté adscrito el puesto convocado.
Se promoverá una presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de
la Comisión, de conformidad con lo previsto en los artículos 3.7 y 23 de la Ley 4/2005,
de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
La Dirección de la Administración de Justicia analizará el cumplimiento de los
requisitos del personal participante y asistirá a la Comisión en la valoración de los
méritos, conforme a los datos que obran en el expediente personal de los participantes y
a la documentación que éstos aporten en el plazo de presentación de solicitudes.
Artículo 7. Adjudicaciones.
1. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado
por la mayor puntuación total obtenida tras la valoración de los méritos alegados.
2. En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la mayor
antigüedad en el Cuerpo de que se trate y de persistir el empate, al escalafón.
Artículo 8. Resolución provisional.
1. La presente convocatoria se resolverá provisionalmente por el Director de la
Administración de Justicia y se publicará en euskadi.eus.
2. La resolución provisional expresará el puesto de trabajo de origen y localidad de
la persona adjudicataria, la puntuación obtenida de la valoración de los méritos alegados
y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.
3. Contra la resolución provisional cabrá formular alegaciones en el plazo de diez
días hábiles desde su publicación.
4. De no reclamarse en el plazo establecido, se entenderá que muestra su
conformidad y aceptación de los datos contenidos y de la puntuación obtenida de la
valoración de los méritos alegados y el puesto de trabajo provisionalmente adjudicado.
5. Los destinos asignados provisionalmente no suponen expectativa de derecho
respecto a la resolución definitiva del concurso.
6. Durante este plazo de diez días se podrá renunciar al destino adjudicado de
forma provisional.
Resolución definitiva y tomas de posesión.

1. A la vista de las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá
definitivamente por Orden de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, y se
publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial del Estado.
2. El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de tres meses, contados
desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de
conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005.
3. La resolución deberá expresar el puesto de origen del personal funcionario a
quien se le adjudique destino.
4. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de localidad del personal funcionario; ocho días hábiles si
implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si
implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de
Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de
Melilla, en que será un mes tanto si el puesto de trabajo es de origen o de destino.
Cuando el personal adjudicatario de la plaza obtenga con su toma de posesión el
reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la

cve: BOE-A-2021-10183
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Artículo 9.