II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-10129)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Jueves 17 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 73862

Novena.
Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar, en los
veinte días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría
General de esta Universidad, o por cualesquiera de los demás procedimientos señalados
en el artículo 16.4 de la LPACAP, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada de DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad
distinta de la española.
b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán
exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del
Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y
cuantas circunstancias consten en su Hoja de Servicios.
Décima.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se
estime procedente, puede optarse por interponer contra la presente resolución recurso
de reposición ante el Rector de la UAH, en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto,
conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP.
Alcalá de Henares, 9 de junio de 2021.–El Rector, José Vicente Saz Pérez.

cve: BOE-A-2021-10129
Verificable en https://www.boe.es

En su caso, el nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado
por el Rector, después de que el o los candidatos propuestos hayan dado cumplimiento a
los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la
denominación de la plaza: Cuerpo, área de conocimiento y departamento, así como su
código de plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Dicho nombramiento será
publicado en el BOE y en el BOCM, y comunicado a la Secretaría General del Consejo
de Coordinación Universitaria.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la publicación
del nombramiento en el BOE, los candidatos propuestos deberán tomar posesión de su
plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria del cuerpo
docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.