II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada. (BOE-A-2021-10097)
Resolución 400/38220/2021, de 8 de junio, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización del empleo temporal, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 73701

Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790 haciendo uso del
servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
8.2 Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud:
Los interesados realizarán su inscripción «online» a través de la aplicación de
inscripción en pruebas selectivas (IPS) del punto de acceso general:
https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias
Para ello, seleccionarán el Cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán
el botón «inscribirse». A continuación, pulsarán en la opción «realice su inscripción
online» y seguirán las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación
y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar, en su caso, documentos escaneados a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, bien completando o modificando los datos que fueran erróneos, bien adjuntando
a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2
de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el
pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración
General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia del correcto pago de las
tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT
que figurará en el justificante de registro.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso del pago, en la pestaña «mis
inscripciones».
En aquellos casos en que deba presentarse documentación adicional junto con la
solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases
específicas, ésta deberá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por los aspirantes
que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las representaciones
diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el
extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de
examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria, o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria
abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES49 0182 2370
4102 0169 5537 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Defensa. Derechos de examen», siendo preciso que quede claro ante la
entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los

cve: BOE-A-2021-10097
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Núm. 144