III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-10082)
Resolución de 2 de junio de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio entre el Centro de Atención al Daño Cerebral de Madrid y la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 73583

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente y en el ejercicio de las
facultades que por razón de su cargo tienen atribuidas, en nombre de las entidades que
representan:
EXPONEN
Que el Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se adscribe a
dicho Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, la entidad
gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Que el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica
y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios
complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas
mayores, como también el establecimiento y gestión de centros de atención
especializada o de aquellos a los que se les atribuyan objetivos especiales de
investigación y ámbito de actuación estatal.
Que el artículo 16 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, configura,
dentro de la red de centros para la autonomía y atención a la dependencia a los centros
de referencia estatal para la promoción de la autonomía personal y para la atención y
cuidado de situaciones de dependencia.
La Orden TAS/55/2002, de 8 de enero, crea y regula el Centro de Referencia Estatal
de Atención al Daño Cerebral adscrito al Imserso (Ceadac), y ubicado en Madrid,
configurándolo como un centro sociosanitario público dedicado a la rehabilitación integral
e intensiva de personas con lesión cerebral adquirida y no progresiva, así como a la
formación y cualificación de los profesionales y el impulso en todos los territorios del
Estado de la rehabilitación y la mejora de la calidad de vida de las personas
discapacitadas con daño cerebral sobrevenido y de sus familias cuidadoras y la
información y asistencia técnica de las Administraciones Públicas, Instituciones,
Entidades Públicas y Privadas y a cuantas personas lo soliciten sobre la atención
sociosanitaria de personas con daño cerebral adquirido y estableciendo sus fines.
Que la UCM según se recoge en sus Estatutos aprobados por Decreto 32/2017,
de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 24 de
marzo de 2017), tiene entre sus funciones la creación, desarrollo, transmisión y crítica de
la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización y la transferencia del
conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico,
así como la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y
la formación continuada. Asimismo, asume su compromiso de acercar la formación
universitaria a la realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el
establecimiento de relaciones con otras entidades, que permita
Que ambas partes, considerando que tienen objetivos complementarios para sus
fines institucionales, y coincidiendo en declarar el alto interés que la formación práctica
de los estudiantes universitarios tiene, estiman de interés el establecimiento de una
cooperación que permita la realización en el Ceadac, del Imserso, de prácticas
curriculares de estudiantes propuestos por la Universidad Complutense de Madrid.
En consecuencia, las partes firmantes, en virtud del Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, que regula las practicas académicas externas de los universitarios, y del Real
Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante
Universitario y al amparo del Reglamento de Prácticas Académicas Externas, aprobado

cve: BOE-A-2021-10082
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Núm. 143