I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. Procedimientos tributarios. (BOE-A-2021-10026)
Real Decreto 424/2021, de 15 de junio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Miércoles 16 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 73328

de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y
reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación
de servicios transnacionales y defensa de los consumidores, derivadas de la incorporación
del Derecho de la Unión Europea al ordenamiento interno, en concreto, de la
Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, por la que se modifican
la Directiva 2006/112/CE y la Directiva 2009/132/CE en lo referente a determinadas
obligaciones respecto del impuesto sobre el valor añadido para las prestaciones de
servicios y las ventas a distancia de bienes, con excepción de su artículo 1 que fue objeto
de transposición por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2018, y la Directiva (UE) 2019/1995 del Consejo de 21 de noviembre de 2019
por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las disposiciones
relativas a las ventas a distancia de bienes y a ciertas entregas nacionales de bienes.
Disposición final tercera. Habilitación normativa.
Se habilita a la persona titular del Ministerio de Hacienda para que adopte las medidas
necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día 1 de julio de 2021.
Dado en Madrid, el 15 de junio de 2021.
FELIPE R.
La Ministra de Hacienda,

cve: BOE-A-2021-10026
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MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X