T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-10011)
Sala Segunda. Sentencia 98/2021, de 10 de mayo de 2021. Recurso de amparo núm. 7028-2019. Promovido por don Gabriel Gavriluta en relación con las resoluciones dictadas por las salas de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional en procedimiento por responsabilidad patrimonial de la administración de Justicia. Vulneración de los derechos a la igualdad y a la presunción de inocencia: STC 125/2019 (denegación de indemnización resultante de la aplicación del precepto legal anulado por la STC 85/2019, de junio).
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Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

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indemnización, de dos de junio de 2017, para que la administración resuelva de nuevo la
cuestión planteada conforme a las SSTC 85/2019, FJ 13, y 125/2019, FJ 5.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD
QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido
1.º Estimar el recurso de amparo interpuesto por don Gabriel Gavriluta, por
vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad (art. 14 CE) y a la presunción
de inocencia (art. 24.2 CE).
2.º Declarar la nulidad de la resolución del secretario de Estado de Justicia, de 2 de
junio de 2017, por las que se deniega la indemnización solicitada por el demandante, en
concepto de responsabilidad patrimonial del Estado por prisión provisional seguida de
absolución; de la sentencia de 5 de marzo de 2019, de la Sección Tercera de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, desestimatoria del recurso
contencioso-administrativo núm. 568-2017, y de la providencia de 17 de octubre
de 2019, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo, que inadmitió a trámite el recurso de casación núm. 3028-2019.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento anterior al dictado de la resolución
administrativa de 2 de junio de 2017, para que se resuelva la reclamación de
responsabilidad patrimonial de forma respetuosa con los derechos fundamentales
vulnerados, en los términos establecidos en el fundamento jurídico tercero de esta
resolución.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-10011
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Dada en Madrid, a diez de mayo de dos mil veintiuno.–Encarnación Roca Trías.–
Juan Antonio Xiol Ríos.–Pedro José González-Trevijano Sánchez.–Antonio Narváez
Rodríguez.–Ricardo Enríquez Sancho.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X