III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Denominaciones de origen. (BOE-A-2021-9993)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica la resolución favorable de modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Cava.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Martes 15 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Dirección General de la Industria
Alimentaria, por la que se publica la resolución favorable de modificación
normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida
Cava.

Mediante certificado del Consejo Regulador del Cava de 14 de agosto de 2020, se
presentó a esta Dirección General, el 8 de septiembre de 2020, solicitud de modificación
del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Cava, aprobada en
su Pleno de 15 de julio de 2020. En función de los criterios indicados en el artículo 14 del
Reglamento Delegado (UE) 2019/33, de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, la
modificación ha de ser considerada como «normal».
Realizadas las comprobaciones que contempla el artículo 8 del Real
Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la
tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas
y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a
ellas, y según el mismo artículo, el 26 de octubre de 2020, se solicitó informe a las siete
Comunidades Autónomas afectadas, a responder en el plazo de un mes.
Ningún informe fue contrario a la solicitud, salvo el de la Generalidad Valenciana que
manifestó su oposición a que, en dicha modificación, se reconociera, como Unidad
Geográfica Menor, la zona de Requena bajo el nombre de «Altos de Levante».
Al no aportar otro nombre alternativo ni aceptar los propuestos por el Consejo
Regulador, éste, en su pleno de 22 de diciembre de 2020 aprobó cambiar dicha solicitud
de modificación del pliego de condiciones, eliminando de la misma la unidad geográfica
menor «Altos de Levante».
Así mismo, y siguiendo el procedimiento regulado en el mencionado artículo 8 del
Real Decreto 1335/2011, la Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada
(MECOCADI), convocada con fecha 29 de diciembre de 2020, acordó, en su reunión
celebrada telemáticamente el 4 de enero de 2021, informar favorablemente la
continuación del procedimiento de tramitación de la modificación solicitada.
El 12 de enero de 2021 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» Resolución de 5
de enero de 2021, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se da
publicidad a solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de
Origen Protegida (DOP) «Cava». En la misma se establecía un plazo de dos meses,
contados a partir del día siguiente al de la publicación, en el que cualquier persona física
o jurídica que esté establecida o resida en España, cuyos legítimos derechos o intereses
considere afectados, pueda oponerse a la modificación pretendida, mediante la
presentación de declaración de oposición debidamente motivada y dirigida a esta
Dirección General.
Con fecha 22 de enero de 2021 se remite a este Ministerio burofax procedente de la
«Asociación de Elaboradores de Cava de Requena» en el que se comunica que la nueva
versión del pliego de condiciones no recoge ningún nombre con el que identificar como
unidad geográfica menor la zona productora del municipio de Requena. El escrito recurre
al principio de veracidad para defender el posible uso del término Requena como unidad
geográfica menor, a los derechos adquiridos de una zona que es conocida por el nombre
del término municipal donde se asienta, y al esfuerzo comercial realizado para dar a
conocer y prestigiar los Cavas procedentes de esa zona. Añade que les inquieta el
posible gasto promocional del Consejo Regulador con relación a la zonificación
establecida en la DOP «Cava» y que Requena ha quedado sin atribución de nombre.

cve: BOE-A-2021-9993
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