III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9900)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y el Consorcio Institución Ferial de Madrid, para la creación de la Comisión Interadministrativa del acontecimiento de excepcional interés público "Fitur especial: recuperación turismo".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72280

EXPONEN
I. Que el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (en adelante,
«Ley 49/2002»), señala que la ley que apruebe los programas de apoyo a
acontecimientos de excepcional interés público regulará la creación de un consorcio o la
designación de un órgano administrativo que se encargue de la ejecución del programa y
que certifique la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del mismo,
en el que necesariamente estarán representadas las Administraciones Públicas
interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda, siendo
necesario el voto favorable de la representación de dicho Ministerio para la emisión de
las citadas certificaciones.
II. Que la disposición adicional nonagésima tercera de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, otorga al evento
«FITUR especial: recuperación turismo» la consideración de acontecimiento de
excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la
Ley 49/2002.
III. Que el apartado cuatro de dicha disposición adicional establece que «Las
actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del
acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades
específicas se realizará por el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en la
citada Ley 49/2002».
IV. Que el apartado tres de la mencionada disposición adicional, a su vez,
establece que la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y
planes del programa se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada
Ley 49/2002 y el apartado cinco, que los beneficios fiscales de este programa serán los
máximos previstos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002.
V. Que, finalmente, el apartado dos de la citada disposición adicional establece que
la duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de enero
de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto la creación de la Comisión Interadministrativa
del acontecimiento de excepcional interés público «FITUR especial: recuperación
turismo», en cumplimiento de lo previsto en la disposición adicional nonagésima tercera
de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2021, en relación con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002 de 23 de
diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
En particular, la Comisión Interadministrativa será el órgano encargado del desarrollo
y concreción en planes y programas de las actividades de apoyo a la celebración del
acontecimiento de excepcional interés público «FITUR especial: recuperación turismo»,
así como de la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y
planes del citado programa.
Para la emisión de dichas certificaciones será necesario el voto favorable del
representante del Ministerio de Hacienda, según lo previsto en el artículo 27.2.b) in fine
de la Ley 49/2002.

cve: BOE-A-2021-9900
Verificable en https://www.boe.es

Primera.