III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-9928)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
9928

Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del
País Vasco, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad Autónoma del País Vasco.

Suscrito entre el Ministerio de Consumo y la Comunidad Autónoma del País Vasco,
en fecha 3 de junio de 2021, Convenio para la constitución de la Junta Arbitral de
Consumo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que figura como anexo a esta
resolución, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad
con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Madrid, 7 de junio de 2021.–El Secretario General de Consumo y Juego, Rafael
Escudero Alday.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Comunidad Autónoma del País
Vasco, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad
Autónoma del País Vasco
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Carlos Garzón Espinosa, Ministro de Consumo, de acuerdo
con el nombramiento efectuado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el que se
nombran Ministros del Gobierno y en uso de la competencia atribuida por el artículo 61 letra
k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, don Javier Hurtado Domínguez, Consejero de Turismo, Comercio y
Consumo de la Comunidad Autónoma del País Vasco, nombrado por Decreto 30/2020, de 7
de septiembre, del Lehendakari, de conformidad con los artículos 55 y 62 del
Decreto 144/2017, de 25 de abril, del Servicio Jurídico del Gobierno Vasco, y facultado para
la firma de este Convenio por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de abril de 2021.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo
y de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y

El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el capítulo II, del título V, del libro
primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
para que reglamentariamente establezca su organización, gestión y administración, así
como el procedimiento de resolución de conflictos.
De conformidad con dicho mandato, el Gobierno aprobó el Real Decreto 231/2008,
de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, estableciendo el
cauce para que los conflictos de consumo puedan resolverse en esta vía de carácter

cve: BOE-A-2021-9928
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