III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9881)
Resolución de 4 de junio de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Cruz Roja Española, en el ámbito educativo y cultural, para la impartición de cursos de español para personas migrantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Lunes 14 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72161

De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El objeto del presente convenio es establecer la cooperación entre el Instituto
Cervantes y la Cruz Roja para facilitar el aprendizaje del español de las personas
migrantes a las que presta su apoyo la Cruz Roja, mediante cursos que el IC organizará
con este fin, en adelante «cursos de español como lengua extranjera para personas
migrantes», en los términos del presente convenio.
Dichos cursos se podrán impartir tanto en los centros de la Cruz Roja como en las
instalaciones del Instituto Cervantes.
Segunda.

Organización y desarrollo de los cursos.

Tercera. Seguros.
Los profesores en formación participantes en los cursos para personas migrantes
que se realicen en ejecución de este convenio serán beneficiarios de la cobertura de
responsabilidad civil que Cruz Roja proporciona a sus colaboradores. Asimismo, serán
beneficiarios del resto de coberturas que Cruz Roja ofrece para las actividades que se
realizan en sus instalaciones.

cve: BOE-A-2021-9881
Verificable en https://www.boe.es

El Instituto Cervantes informará a Cruz Roja de la posibilidad de organizar los cursos
para personas migrantes a lo largo del año y definirá, en cada caso, el programa de
enseñanza en el que se especificarán los contenidos y objetivos que se establezcan, así
como la duración del curso en función del nivel de dominio de español de los alumnos
que se beneficien de las clases.
Las partes posibilitarán que los alumnos de los cursos de los profesores en
formación del Instituto Cervantes a que se refiere en el exponendo IV anterior colaboren
impartiendo las clases en los cursos para personas migrantes.
Los cursos para personas migrantes se desarrollarán conforme al Plan Curricular del
Instituto Cervantes y será necesario contar con un mínimo de alumnos para constituir un
grupo, asimismo, el IC podrá determinar un número máximo de alumnos por cada curso
que organice.
Ambas partes pondrán a disposición mutua, con carácter gratuito, el uso de los
espacios y de la infraestructura que sean necesarios para la correcta realización de los
cursos, y facilitarán el acceso a todos los servicios con los que cuenten a los profesores
que vayan a impartir los cursos.
Igualmente, ambas partes proporcionarán el equipamiento multimedia y/o otros
medios audiovisuales para la correcta impartición de los cursos en sus respectivas
instalaciones.
El Instituto Cervantes proporcionará los profesores que sean necesarios para la
correcta realización de los cursos, que contarán con el apoyo de los alumnos de los
cursos de formación de profesores ELE del Instituto Cervantes.
En ningún caso el personal proporcionado por el Instituto Cervantes para la
realización de las actividades a que se refiere el presente convenio, ni los alumnos de los
cursos de formación de profesores ELE del Instituto Cervantes, tendrán relación laboral
con la Cruz Roja.
Los alumnos que hayan participado en los cursos recibirán un certificado de
aprovechamiento expedido por el Instituto Cervantes. Para ello, es preciso superar las
pruebas de evaluación y asistir a un mínimo del 80 % de las clases de todo el curso, con
independencia de la causa que motive las ausencias.