II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9875)
Resolución de 3 de junio de 2021, de la Universidad de las Illes Balears, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de junio de 2021

4.

Sec. II.B. Pág. 72128

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución
en el plazo de treinta días, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos al concurso de acceso. Dicha resolución, junto con las listas
completas de admitidos y excluidos así como las causas de exclusión, se publicarán en
la sede electrónica de la Universidad de las Illes Balears.
Contra dicha Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la
citada Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión
de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo
señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser
incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de
las pruebas.
4.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
Resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida, en el plazo de un mes.
4.3 Contra esta última Resolución se podrá interponer, en su caso, recurso de
reposición en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5.

Comisión evaluadora

5.1 Las Comisiones estarán formadas por los miembros que figuran en el Anexo III
de la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones
establecidas en los artículos 5 y 6 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el
que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios,
y el Acuerdo Normativo 8942/2009, de 4 de febrero, por el que se regula el régimen de
los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de las
Illes Balears.
5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurran causas justificadas que impidan su actuación como miembro de la
misma. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector de la
Universidad de las Illes Balears, que deberá resolver en el plazo legalmente establecido.
En los supuestos de abstención o recusación que puedan plantearse se tramitarán y
resolverán conforme a lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Una vez resuelta la solicitud de
renuncia o de incidente de abstención o recusación que pudiera haberse planteado, los
miembros afectados serán, en su caso, sustituidos por los suplentes.
En el supuesto excepcional de que también en el miembro suplente de que se trate
concurriese alguna de las circunstancias citadas anteriormente, su sustitución se podrá
hacer por alguno de los demás suplentes. Si tampoco fuera posible esta sustitución, el
Rectorado procederá al nombramiento de nuevo titular y suplente al objeto de cubrir la
vacante producida.
5.3 La Comisión deberá constituirse en el plazo de sesenta días contados desde el
siguiente al de la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Para ello, el
Presidente de la Comisión dictará Resolución convocando a los miembros titulares y, en
su caso, a los suplentes para proceder al acto de constitución de la Comisión, fijando
fecha, hora y lugar de celebración, notificándola a todos los interesados.
La Constitución de la Comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros.
Los miembros titulares que no concurrieran al citado acto cesarán y serán sustituidos
conforme a lo previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 10 del Acuerdo
Normativo 8942/2009, de 4 de febrero, por el que se regula el régimen de los concursos
de acceso a los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de las Illes Balears.
Asimismo, el Presidente de la Comisión dictará Resolución convocando a todos los

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Núm. 141