III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-9933)
Acuerdo 59/2021, de 3 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la villa de Villasana de Mena (Burgos) bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 72524

sigue por las traseras de las edificaciones de los números 10, 8, 6, 4 y 2 de la calle Ángel
Nuño García, para a continuación regresar al borde de la citada calle en el cruce con la
calle Isla. Continúa por el puente sobre el río Cadagua, incluyéndolo. Sigue en sentido
este por el límite del río Cadagua, hasta llegar a la trasera del edificio del número 13 de
la calle Eladio Bustamante, incluyéndolo.
A continuación gira en sentido sur, cruza la calle Eladio Bustamante y sigue por la
divisoria de las parcelas 05 y 06 del polígono 72238 hasta el alcanzar el aparcamiento de
la parcela 05 (trasera del número 28 de la calle Eladio Bustamante). En este punto gira
en sentido oeste para cruzar la parcela 05 por el límite del aparcamiento hasta llegar a la
parcela 04 del mismo polígono 722238. Continúa por la divisoria de las parcelas 04, 03
y 02 con la 18 del mismo polígono hasta alcanzar la plaza San Antonio. Une con la
esquina norte de la iglesia de Santa María y continúa por la pared norte de la iglesia,
dejándola fuera del perímetro. Sigue bordeando la plaza hasta llegar a la altura del
número 5 de la calle Encimera, donde gira para seguir en sentido oeste por el borde de
la acera hasta alcanzar el eje de la calle Nocedera. Continúa en sentido sur por el eje de
la calle Nocedera hasta llegar a la altura de la divisoria entre las parcelas catastrales 02
y 03 del polígono 71193, para seguir por esta divisoria en sentido oeste y alcanzar el eje
de la calle Félix Rodríguez de la Fuente. Gira en sentido sur por el eje de la citada calle
hasta llegar a la altura de la esquina sureste del muro que cierra el convento de Santa
Ana. Sigue por el muro hasta alcanzar el eje de la calle Urbanización UA-5. Gira en
sentido norte para continuar por el eje de la citada calle. Sigue por el eje de la carretera
Vallejo, gira en sentido este para seguir por el eje de la calle Polideportivo hasta la
esquina suroeste del edificio de la parcela 02 del polígono 68219. Continúa por las
traseras de las parcelas 02, 03 y 04 del polígono 68219, hasta el vértice noreste de la
esta última, para girar en sentido norte y cruzar el río Cadagua, hasta el vértice sureste
de la parcela 5055 del polígono 544. Sigue en sentido norte por el límite este de las
parcelas 5055, 25242 del polígono 544 y 04 del polígono 67229 hasta alcanzar la calle
Ángel Nuño García, que cruza para unir con el punto de inicio de esta delimitación literal.
Motivación: La delimitación del conjunto histórico se ciñe fundamentalmente a
recoger las manzanas que componen el tejido histórico ortogonal de la villa de Villasana
de Mena, incluyendo no solo las zonas mejor conservadas en tipologías edificatorias y
parcelación originaria, sino todas aquellas que mantienen aún el tejido urbano medieval.
La delimitación del conjunto histórico se reajusta respecto del límite incoado
atendiendo a la realidad actual del conjunto y cruza el río Cadagua recogiendo las
visuales que se aprecian sobre los puentes y pasarelas sobre el río, por constituir un
ámbito de singular interés como parte esencial de la villa.
La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás
documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses.
Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de
reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución
expresa o presunta de aquel.
Valladolid, 3 de junio de 2021.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso
Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, Javier Ortega Álvarez.

cve: BOE-A-2021-9933
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Núm. 141