III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2021-9808)
Resolución de 7 de mayo de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con Asepeyo, Mutua colaboradora de la Seguridad Social n.º 151, para la realización de prácticas formativas del alumnado del Centro de Recuperación de Personas con Discapacidad Física de San Fernando (Cádiz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71960

Sexta. Fichas de seguimiento.
El contenido y desarrollo de las actividades formativas en Asepeyo Mutua
colaboradora con la Seguridad Social n.º 151, serán objeto de seguimiento, valoración y
supervisión a través de las fichas de seguimiento, elaboradas por el CRMF San
Fernando, a través de la comisión mixta recogida en la cláusula cuarta del presente
convenio.
El CRMF San Fernando pondrá a disposición de Asepeyo Mutua colaboradora con la
Seguridad Social n.º 151, una ficha de seguimiento de asistencia diaria a las actividades
formativas realizadas, con registro de la fecha de realización y tendrá el visto bueno de la
comisión mixta una vez finalizado el período de prácticas. La ficha de seguimiento
servirá de base para emitir la correspondiente certificación de realización de prácticas.
Séptima.

Selección del alumnado.

El Imserso a través del CRMF San Fernando, seleccionará a las personas con
discapacidad del centro que van a realizar las prácticas de acuerdo con la evaluación
previa realizada por el Servicio de Capacitación Profesional, que respetará los principios
de igualdad, objetividad, mérito y capacidad.
Octava.

Obligaciones del alumnado.

Los/las estudiantes en prácticas deberán respetar el sistema organizativo de
Asepeyo Mutua colaboradora con la Seguridad Social n.º 151, la guarda y el debido
sigilo respecto de los asuntos que conozcan en el desarrollo de las prácticas.
El incumplimiento de sus obligaciones podrá determinar la pérdida automática de sus
derechos como estudiante en prácticas y el ejercicio de acciones disciplinarias, según lo
establecido en la normativa del Imserso y en el Reglamento de Régimen Interior del
CRMF San Fernando.
En caso de falta de puntualidad, no asistencia o incorrecto comportamiento del
alumno, Asepeyo Mutua colaboradora con la Seguridad Social n.º 151, o el Imserso a
través de la dirección del CRMF San Fernando, podrán desistir de continuar la cooperación
formativa con dicho alumno, siendo suficiente, a tal efecto una comunicación escrita
entre las partes.
Novena.

Certificación de prácticas.

Finalizada la formación en Asepeyo Mutua colaboradora con la Seguridad Social
n.º 151, cada persona estudiante recibirá un certificado de aprovechamiento de las
prácticas realizadas por parte de la misma, con el visto bueno del Imserso a través del
CRMF San Fernando con mención expresa del nivel alcanzado.
Protección de datos.

De conformidad con el dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD) y del Real
Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
desarrollo de la LOPD, el/la estudiante en prácticas que por razón de las actividades
formativas tengan acceso, en cualquier fase del tratamiento, a datos de carácter
personal no revelará a personas ajenas a Asepeyo Mutua colaboradora con la Seguridad
Social n.º 151, información de la que habían tenido conocimiento, ni utilizará o dispondrá
de ella de una manera o con finalidad distinta a la exigida por las acciones formativas,
obligación que subsistirá aun después de terminadas las prácticas respondiendo en caso
de incumplimiento del deber de secreto frente a la empresa/entidad, sin perjuicio de las
responsabilidades que por igual causa habían podido derivarse ante la Agencia
Española de Protección de Datos.

cve: BOE-A-2021-9808
Verificable en https://www.boe.es

Décima.