III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad Foral de Navarra. Convenio. (BOE-A-2021-9807)
Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Foral de Navarra, para la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios Sociales y su aplicación informática, y el intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Sábado 12 de junio de 2021

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reglamento, con la citada ley orgánica, sus normas de desarrollo y la legislación sectorial
aplicable.
Asimismo, las entidades locales que implanten SIUSS como aplicación informática
ostentarán la condición de responsable respecto a sus tratamientos de datos.
Cuarta.

Encargado del tratamiento.

En observancia de lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril y de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, el Encargo de Tratamiento suscrito entre el
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Foral de Navarra se
regirá por las instrucciones al encargado del tratamiento.
1.

Objeto del Encargo e Idoneidad del Encargado.

El objeto del Encargo es el alojamiento en los servidores del Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030 (Encargado) de la información contenida en el fichero «Sistema
de Información de Usuarios de Servicios Sociales (en adelante, SIUSS)».
La actividad de alojamiento de los datos conlleva la realización de tareas de backup y
cuantos servicios adicionales resulten necesarios para que el responsable del
tratamiento de datos pueda usar, cargar y explotar la información en ella contenida en
todo momento.
La idoneidad del Encargado, a los efectos del artículo 28 del citado RGPD y de la
Ley Orgánica 3/2018, se basa en la declaración de reunir las garantías que exige la
normativa vigente en materia de protección de datos.
2.

Identificación de los Datos Personales afectados/tratados.

En el entorno SIUSS se tratan, evalúan y analizan los datos relativos a los usuarios
de los servicios sociales prestados por profesionales en el ámbito de la Comunidad Foral
de Navarra.
3.

Duración.

El encargo de tratamiento tendrá la misma duración que el Convenio que trae causa,
finalizando en el momento que deje de surtir efectos el mismo.
4.

Medidas organizativas, técnicas y de seguridad.

– No tener acceso a los datos personales contenidos en SIUSS. No obstante, el
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en el ejercicio de sus competencias
podrá realizar explotaciones de la información contenida en SIUSS siempre que la
misma se haga sin datos de carácter personal. Esto es, se disocie la información de las
personas físicas del resto de las informaciones relevantes, garantizando que en ningún
caso pudiera llegarse a identificar a las mismas.
– Adoptar las medidas técnicas, organizativas y de seguridad, necesarias para
garantizar la confidencialidad de los datos, de acuerdo con las instrucciones del
Responsable y la normativa; en todo caso, tratar los datos exclusivamente para la
finalidad señalada, observando las exigencias específicas para los datos especialmente
protegidos.
– Llevar un registro por escrito de todas las actividades del tratamiento y las
personas que lo realizan, procediendo a la seudonimización, la anonimización de los
datos o al cifrado, conforme a los medios técnicos disponibles, garantizando en todo
caso la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos afectados. Este
Registro deberá ser puesto a disposición del Responsable en cualquier momento.
– Exigir de su personal autorizado, destinado a la plataforma SIUSS, que se
comprometan expresamente a observar el contenido del presente acuerdo, cumpliendo

cve: BOE-A-2021-9807
Verificable en https://www.boe.es

El Encargado se obliga a: