III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-9786)
Resolución de 4 de junio de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71893

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR
9786

Resolución de 4 de junio de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la
que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, sobre planificación,
preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear el Vicepresidente Primero y
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Turismo de la Xunta de Galicia han suscrito, con
fecha 2 de junio de 2021, un Convenio sobre planificación, preparación y respuesta ante
situaciones de emergencia radiológica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio, como anejo a la
presente Resolución.
Madrid, 4 de junio de 2021.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Josep
Maria Serena i Sender.
ANEJO
Convenio entre la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y
Turismo de la Xunta de Galicia y el Consejo de Seguridad Nuclear sobre
planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica
REUNIDOS
De una parte, don Josep María Serena i Sender, como Presidente del Consejo de
Seguridad Nuclear, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 227/2019, de 29
de marzo (BOE núm. 77 de 30 de marzo), en nombre y representación del Consejo de
Seguridad Nuclear.
De otra parte, don Alfonso Rueda Valenzuela, vicepresidente primero y conselleiro de
Presidencia, Justicia y Turismo, actuando en nombre y representación de la Xunta de
Galicia, en virtud del Decreto 112/2020, de 6 de septiembre, por el que se nombran los
titulares de las vicepresidencias y consellerías de la Xunta de Galicia, en el ejercicio de
las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero,
reguladora de la Xunta y de su Presidencia.
Ambas partes en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para la firma de este convenio, y a tal fin
EXPONEN

Que la Ley 5/2007 regula el Sistema integrado de protección civil y emergencias en
Galicia, dirigido a adoptar medidas preventivas que eviten situaciones de riesgo, a actuar
en caso de riesgo ordinario y a proteger la integridad de las personas y los bienes de
titularidad pública o privada y el medio ambiente, de daños en situaciones de emergencia
o grave riesgo provocados por catástrofes, calamidades, accidentes y otras situaciones o
contingencias análogas. Que la Vicepresidencia Primera y Consellería de Presidencia,
Justicia y Turismo es el órgano de la Xunta de Galicia que tiene a su cargo las
atribuciones relativas a Protección Civil y Gestión de Emergencias de Galicia que le
confiere el Decreto 214/2020, de 3 de diciembre, por el que se establece su estructura

cve: BOE-A-2021-9786
Verificable en https://www.boe.es

Primero.