III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9770)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los acuerdos de modificación de los artículos 12.A), 21, 22 y 27 del Convenio colectivo de Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Viernes 11 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 71807
El artículo 27 del Convenio Colectivo Allianz (2018-2021), queda redactado como
sigue:
«Artículo 27. Premio de permanencia.
Todos los empleados/as afectados por el presente Convenio Allianz percibirán
el premio de permanencia que a continuación se detalla:
a) A los 25 años de servicio en la empresa, entrega de una medalla de oro y
abono de una paga.
b) A los 35 años de servicio en la empresa, abono de dos pagas.
Las pagas mencionadas comprenderán todos los conceptos retributivos
básicos de una mensualidad, esto es "Sueldo Base", "Complemento salario base",
"Complemento de Adaptación Individualizado", "Complemento por Experiencia",
"Plus de Residencia", "Plus de Inspección", estipulados en el artículo 18 del
presente Convenio Allianz, quedando expresamente excluidas las partidas
referidas a "Plus Convenio Allianz", "Plus Histórico de Horario", "Plus AdPersonam", "Complemento Personal Voluntario", "Plus Actividad", "Pagas de
Participación en Primas", "Retribución variable de Convenio" y el "COMPENSA+",
recogida en el artículo 22.»
Cuarto.
Registro.
Las partes acuerdan llevar a cabo cuantas gestiones resulten oportunas ante
REGCON a los efectos de registrar el acuerdo alcanzado en relación con la revisión del
artículo 12.A), 21, 22 y 27 del Convenio Colectivo, autorizándose para ello a Elena Rubio
Martínez de la Hidalga e Iñigo Elorza Marenco.
A estos efectos se procede a firmar, el ejemplar de las hojas adjuntas en las que se
contiene la redacción definitiva de los artículos 12, A), 21, 22 y 27 del Convenio Colectivo
Allianz 2018-2021.
cve: BOE-A-2021-9770
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con cuanto se expone, lo firman las partes
comparecientes, por el sistema telemático que se habilita al efecto.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 139
Viernes 11 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 71807
El artículo 27 del Convenio Colectivo Allianz (2018-2021), queda redactado como
sigue:
«Artículo 27. Premio de permanencia.
Todos los empleados/as afectados por el presente Convenio Allianz percibirán
el premio de permanencia que a continuación se detalla:
a) A los 25 años de servicio en la empresa, entrega de una medalla de oro y
abono de una paga.
b) A los 35 años de servicio en la empresa, abono de dos pagas.
Las pagas mencionadas comprenderán todos los conceptos retributivos
básicos de una mensualidad, esto es "Sueldo Base", "Complemento salario base",
"Complemento de Adaptación Individualizado", "Complemento por Experiencia",
"Plus de Residencia", "Plus de Inspección", estipulados en el artículo 18 del
presente Convenio Allianz, quedando expresamente excluidas las partidas
referidas a "Plus Convenio Allianz", "Plus Histórico de Horario", "Plus AdPersonam", "Complemento Personal Voluntario", "Plus Actividad", "Pagas de
Participación en Primas", "Retribución variable de Convenio" y el "COMPENSA+",
recogida en el artículo 22.»
Cuarto.
Registro.
Las partes acuerdan llevar a cabo cuantas gestiones resulten oportunas ante
REGCON a los efectos de registrar el acuerdo alcanzado en relación con la revisión del
artículo 12.A), 21, 22 y 27 del Convenio Colectivo, autorizándose para ello a Elena Rubio
Martínez de la Hidalga e Iñigo Elorza Marenco.
A estos efectos se procede a firmar, el ejemplar de las hojas adjuntas en las que se
contiene la redacción definitiva de los artículos 12, A), 21, 22 y 27 del Convenio Colectivo
Allianz 2018-2021.
cve: BOE-A-2021-9770
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con cuanto se expone, lo firman las partes
comparecientes, por el sistema telemático que se habilita al efecto.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X