III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9764)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes almacenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9764

Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo del sector de grandes
almacenes.

Visto el texto del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes (código de
convenio n.º 99002405011982), para el periodo 2021-2022, que fue suscrito, con
fecha 24 de marzo de 2021, de una parte por la organización empresarial Asociación
Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED), en representación de las
empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FETICO, FASGA,
CC.OO. y UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de mayo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE GRANDES ALMACENES 2021-2022
TÍTULO I
Derechos individuales
CAPÍTULO I
Ámbito y revisión
Sección 1.ª

Ámbito

El presente Convenio colectivo establece las normas básicas de trabajo de las
empresas que venían rigiéndose por el Convenio colectivo de Grandes Almacenes.
Igualmente se regirán por el presente Convenio:
A)

Como empresas o Grupos de Empresa:

1.A) Empresas: Las encuadradas en la Asociación Nacional de Grandes Empresas
de Distribución (ANGED), que no tuvieran Convenio colectivo propio concurrente.

cve: BOE-A-2021-9764
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Ámbito funcional.