III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-9765)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9765

Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional para las empresas
dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y
servicios de marketing operacional.

Visto el texto del Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los
servicios de campo para actividades de reposición y servicios de marketing operacional
(código de convenio n.º 99016925012009), para el periodo 2020-2023, que fue suscrito,
con fecha 9 de marzo de 2021, de una parte por la organización empresarial AEMAR, en
representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales
FeSMC-UGT y CC.OO. Servicios, en representación del colectivo laboral afectado, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de mayo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO NACIONAL PARA LAS EMPRESAS DEDICADAS A LOS
SERVICIOS DE CAMPO PARA ACTIVIDADES DE REPOSICIÓN Y SERVICIOS DE
MARKETING OPERACIONAL
PREÁMBULO

El presente convenio colectivo se ha pactado de una parte por la organización
empresarial AEMAR en representación de los empresarios del sector y de otra parte por
los sindicatos CC.OO. Servicios y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y
el Consumo (FESMC-UGT).
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación para la negociación del
presente convenio y para suscribirlo en los términos que constan.
Este convenio colectivo goza de naturaleza normativa y eficacia general en los
términos del título III del Estatuto de los Trabajadores dentro de los ámbitos territorial,
funcional y personal del mismo.

cve: BOE-A-2021-9765
Verificable en https://www.boe.es

Partes que lo conciertan.