III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Transporte de mercancías peligrosas. (BOE-A-2021-9763)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se convocan exámenes, se publica el Tribunal y se señala fecha y hora para la realización de los exámenes para la obtención y renovación de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
9763

Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria, por la que se convocan exámenes, se publica el Tribunal y se
señala fecha y hora para la realización de los exámenes para la obtención y
renovación de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte
de mercancías peligrosas por ferrocarril.

El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para
el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a
las empresas que transporten mercancías peligrosas por estos medios o que sean
responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la
obligación de contar con, al menos, un consejero de seguridad, que deberá haber
superado los exámenes regulados por la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre
capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de
mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
Según dispone el artículo 5 de la citada orden ministerial, el certificado tendrá una
validez de cinco años y se renovará por períodos de cinco años si, durante el último año
anterior a la expiración del certificado, su titular supera una prueba de control.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden FOM/605/2004, de 27
de febrero, la Dirección General de Ferrocarriles podrá convocar y realizar directamente
las pruebas de consejeros de seguridad. La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria ha
asumido las funciones de la Dirección General de Ferrocarriles en materia de seguridad
ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo único del Real
Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto.
La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria ha resuelto convocar exámenes,
globales y por especialidades, para la obtención y para la renovación del certificado de
consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, con
arreglo a las siguientes bases:
Primera.

Ámbito de la convocatoria.

Se convocan, en el ámbito territorial de todo el Estado español, exámenes para las
modalidades:
Global (todas las especialidades).

Clase 1 (materias y objetos explosivos).
Clase 2 (gases).
Clase 7 (materias radioactivas).
Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (materias sólidas y líquidas contenidas
en el RID).
Materias líquidas inflamables con números ONU 1202, 1203, 1223, 3475 y el
carburante de aviación clasificado bajo los números ONU 1268 o 1863.

cve: BOE-A-2021-9763
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Especialidades: