III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-9771)
Resolución de 3 de junio de 2021, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Canaria de Fomento Económico, SA, para la coordinación y seguimiento de las actuaciones de apoyo a la internacionalización de las pymes con cargo a los fondos estructurales de la Unión Europea para el periodo 2014-2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Viernes 11 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 71813
Décima. Naturaleza jurídica.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose los
principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en
su interpretación y ejecución.
Undécima. Jurisdicción y resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberá solventarse de mutuo acuerdo entre las Partes,
a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo en sede
de comisión, las Partes acuerdan someter las controversias surgidas a la jurisdicción
contencioso-administrativa de los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Duodécima.
Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de
comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres
y hombres en aquellas actividades que conlleven la organización de paneles,
conferencias, seminarios, debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones
que se programen en el marco del presente Convenio, evitándose, en todo caso, la
presencia exclusiva de mujeres o de hombres.
cve: BOE-A-2021-9771
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
Partes firman el presente Convenio en el lugar y en la fecha indicados al principio del
Convenio, tomándose como fecha de formalización del presente Convenio la fecha del
último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera
Delegada, María Peña Mateos.–Por Sociedad Canaria de Fomento Económico, SA
(PROEXCA), el Consejero Delegado, Laureano Pérez Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 139
Viernes 11 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 71813
Décima. Naturaleza jurídica.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y se rige por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose los
principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en
su interpretación y ejecución.
Undécima. Jurisdicción y resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente Convenio deberá solventarse de mutuo acuerdo entre las Partes,
a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo en sede
de comisión, las Partes acuerdan someter las controversias surgidas a la jurisdicción
contencioso-administrativa de los Juzgados y Tribunales de Madrid.
Duodécima.
Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de
comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres
y hombres en aquellas actividades que conlleven la organización de paneles,
conferencias, seminarios, debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones
que se programen en el marco del presente Convenio, evitándose, en todo caso, la
presencia exclusiva de mujeres o de hombres.
cve: BOE-A-2021-9771
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
Partes firman el presente Convenio en el lugar y en la fecha indicados al principio del
Convenio, tomándose como fecha de formalización del presente Convenio la fecha del
último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera
Delegada, María Peña Mateos.–Por Sociedad Canaria de Fomento Económico, SA
(PROEXCA), el Consejero Delegado, Laureano Pérez Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X