III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Entidades de seguros. (BOE-A-2021-9780)
Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se establecen los principios básicos de los cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y de reaseguros.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Viernes 11 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71853

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
9780

Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, por la que se establecen los principios básicos de los
cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y de
reaseguros.

Primero.

Programa de los cursos de formación inicial.

1. Los cursos comprenderán formación tanto teórica como práctica, debiendo
computarse esta última como horas efectivas de formación.
2. Deberá establecerse un programa teórico del curso que contendrá las materias a
las que se refieren los anexos de esta resolución. Asimismo, se incluirá una explicación
detallada de la forma en que el programa teórico se complementará con la realización de
clases prácticas, cuya duración no podrá ser inferior al 30 por ciento de la duración total
del curso.

cve: BOE-A-2021-9780
Verificable en https://www.boe.es

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 137, 139, 147, 149, 152, 157 y 165, y en la disposición
adicional duodécima del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes
por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión
Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros
privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, y
del artículo 12.4 del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión
de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros, ha
de establecer las líneas generales, los principios básicos y los requisitos a los que
deberán ajustarse los cursos y programas de formación de los distribuidores de seguros
y reaseguros y sus empleados, de la persona responsable de la actividad de distribución
o de la mitad de las personas que forman parte del órgano de dirección responsable de
la actividad de distribución, de los colaboradores externos y sus empleados, así como
del personal de las redes de distribución de los operadores de banca-seguros que
participen directamente en la distribución, con la finalidad de asegurar la adecuada
formación de los mismos.
Por su parte, el Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, desarrolla el Real Decretoley 3/2020 en materia de formación, estableciendo los requisitos de acceso a los cursos
de formación; el contenido y la duración de los mismos en función de tres niveles
diferentes que clasifican a estas personas atendiendo a la responsabilidad y actividad
que desempeñan en relación con la labor de distribución; el reconocimiento de
conocimientos previos que permite modular los contenidos que ha de cursar una persona
teniendo en cuenta la formación que previamente haya adquirido; la formación continua,
como instrumento esencial que permite mantener actualizados los conocimientos y
favorecer un servicio de calidad al cliente; y, por último, el régimen de derechos
adquiridos, cuya determinación es objeto de esta resolución.
En cumplimiento de los mandatos citados, se dicta la presente resolución, que tiene
por finalidad fijar los requisitos y principios básicos de los cursos y programas de
formación para los distribuidores de seguros y su personal relevante, de manera que se
garantice que estos cuentan con los conocimientos suficientes para el desarrollo de la
actividad de distribución.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección General de Seguros y Fondos de
Pensiones ha resuelto: