III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9700)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social y la Intervención General de la Administración del Estado, para la adhesión a los sistemas departamentales de la IGAE.
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71168

todo caso, el acceso de la IGAE a cada sistema departamental del organismo estará
controlado por este último.
– Una web con información actualizada sobre cada sistema.
Asimismo, la IGAE se compromete a solicitar la incorporación de ofertas genéricas
de formación dirigidas al reciclaje y actualización en los sistemas objeto del Convenio
a través del Instituto de Estudios Fiscales y del Instituto Nacional de Administración
Pública.
La IGAE proporcionará estos servicios a la entidad sobre cada sistema durante la
vigencia del Convenio, siempre que la entidad cumpla con sus compromisos.
3. En la fase de instalación e implantación de cada uno de los sistemas a los que
se adhiere según el anexo II, la entidad.
– Designará un interlocutor con la IGAE para cada sistema como responsable del
mismo proporcionando sus datos de identificación (nombre y apellidos; cargo o
puesto; dirección de correo electrónico; teléfono; y dirección postal), y
comprometiéndose a mantener actualizados estos datos durante todo el periodo de
vigencia del Convenio.
– Instalará los puestos informáticos de acceso a cada sistema de acuerdo con los
requerimientos técnicos facilitados por la IGAE, en un plazo no superior a dos meses
desde el inicio de las actuaciones, y aplicará el procedimiento informático de gestión
de accesos a cada sistema proporcionado por la IGAE.
– Se comprometerá a incluir en sus respectivos planes la formación necesaria
para la utilización de cada sistema.
– Se compromete a aplicar el procedimiento informático de gestión de accesos
proporcionado por la IGAE.
4. En la fase de funcionamiento ordinario de cada uno de los sistemas a los que
se adhiere según el anexo II, la entidad:
– Mantendrá los puestos informáticos de acceso a cada sistema en las debidas
condiciones de funcionamiento, comprometiéndose a su evolución de acuerdo con los
requerimientos de las nuevas versiones de los mismos, y aplicará el procedimiento
informático de gestión de accesos a cada sistema.
– Efectuará un uso adecuado de las plataformas informáticas.
– Se compromete a incluir en sus respectivos planes la formación necesaria de
reciclaje y actualización de cada sistema.
– Destinará a un responsable del ámbito de su organización para atender en
primera instancia las consultas que puedan plantear los usuarios de dicha
organización en la utilización de cada uno de los sistemas.
A estos efectos, la IGAE impartirá a dicho responsable la formación necesaria. A
través del mismo se canalizarán las consultas que, en su caso, se tengan que
efectuar a la IGAE.
– Cumplimentará las encuestas sobre calidad de los servicios en torno a cada
sistema, que con periodicidad anual o bienal remita la IGAE.
5. En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de
carácter personal, ambas partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:
– En el tratamiento de los datos de carácter personal, en los sistemas de
información SOROLLA2 y CANOA, la IGAE tendrá la consideración de «Encargada
del Tratamiento», correspondiendo a la administración de la entidad la consideración
de «Responsable del Tratamiento», en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos (RGPD).

cve: BOE-A-2021-9700
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 138