III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-9692)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, para la incorporación a la sede electrónica y al registro electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 71107

Séptimo.
Ambas partes, por razones de eficacia y economía, consideran oportuna la utilización
del Registro Electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por
parte de la AESF, para procurar la mejor y más económica prestación de servicios
electrónicos a los ciudadanos, dando con ello plena satisfacción a los principios y
derechos contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En virtud de las consideraciones expuestas, ambas partes acuerdan suscribir el
presente Convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y ámbito de aplicación.

Constituye el objeto del presente Convenio formalizar la incorporación de la AESF a
la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana creada
por la Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo, por la que se crea la Sede Electrónica del
Ministerio de Fomento (hoy Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana), con
el objetivo de dar cauce a través de la misma a la gestión y servicios que le competen.
El alcance de la gestión y servicios de la competencia de la AESF, a prestar a través
del Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana, se referirá en exclusiva a los
de relación con los ciudadanos, conforme a lo previsto en el artículo 14 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, siempre que se trate de gestión o servicios de obligatoria
prestación a través de una sede electrónica conforme a lo previsto en el artículo 9.1 del
Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos,
aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo. La inclusión de cualquier tipo de
gestión o servicio distinto de los anteriores deberá sujetarse a la regla sobre inclusión de
contenidos adicionales establecida en el presente Convenio.
Asimismo el presente Convenio tiene por objeto la incorporación de la AESF al
Registro Electrónico de Fomento, creado por Orden FOM/2574/2010, de 16 de
septiembre, por la que se crea y regula el registro electrónico del Ministerio de Fomento
(hoy Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana), con la finalidad de formalizar
la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de este Registro
correspondientes a procedimientos y actuaciones de la competencia de la AESF.
Segunda.

Características de la integración de la sede electrónica de la AESF.

La gestión y servicios de la AESF se integrarán en la sede electrónica del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con un apartado propio. El carácter de sede
electrónica compartida de la sede electrónica del Ministerio no comporta la modificación de
las características aprobadas para la misma en la Orden FOM/677/2010, de 17 de marzo.
Tercera.

Obligaciones de la AESF.

Mantener permanentemente actualizados los contenidos de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana con plena aplicación de las
normas que rigen para la misma y, muy especialmente, las que se refieren a los
derechos de los ciudadanos contenidos en los artículos 13 y 14 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Respetar en todo momento y en su integridad los criterios y políticas aprobadas para
la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana y para el
Registro Electrónico.
Asumir la responsabilidad como titular de la gestión y de los servicios de su
competencia puestos a disposición de los ciudadanos, y proporcionar a los responsables

cve: BOE-A-2021-9692
Verificable en https://www.boe.es

Para la aplicación del presente Convenio la AESF se compromete a: