I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2021-9633)
Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

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TÍTULO I
Plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala
de Suboficiales de la Guardia Civil
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 6.

Perfil profesional a alcanzar en el primer empleo.

1. Debido a su formación multidisciplinar, el suboficial, desde su primer empleo
como sargento, puede ejercer los cometidos de la Escala de Suboficiales mediante su
capacidad de desarrollar acciones ejecutivas, y las directivas, que le correspondan a su
nivel.
2. Además, debe ejercer el mando e iniciativa adecuados al mismo, impulsando el
cumplimiento de las órdenes e instrucciones recibidas y efectuando el control y la
supervisión de las tareas encomendadas.
3. El suboficial realiza y supervisa funciones operativas, técnicas, logísticas,
administrativas y docentes, en el marco de la seguridad pública o de las misiones de
carácter militar que se le puedan encomendar. Asimismo, estará capacitado para ser
estrecho colaborador de los oficiales y líder para sus subordinados, con los que
mantendrá un permanente contacto, estando imbuido del código de conducta del guardia
civil, de acuerdo con los valores propios tradicionales del Cuerpo, y constituyendo el
eslabón fundamental dentro de la estructura orgánica de la Guardia Civil.
4. El suboficial debe estar preparado y dispuesto para asumir nuevos retos y
responsabilidades, incluso cometidos de la Escala de Oficiales de forma puntual,
mostrando una alta capacidad de flexibilidad y adaptación a las circunstancias.
5. Una formación integral del suboficial, le permitirá tener una visión global de la
Guardia Civil y su entorno, imprescindible para su correcta ubicación en la sociedad a la
que sirve, de modo que proporcione todo el conjunto de competencias profesionales
necesarias para el correcto desempeño de las funciones asignadas.
6. Al finalizar el periodo de formación, el suboficial deberá haber adquirido y
perfeccionado las competencias genéricas y específicas que le permitan desempeñar los
cometidos de su escala.
Artículo 7. Objetivo general del plan de estudios.
Proporcionar a los suboficiales de la Guardia Civil las competencias necesarias para
el desempeño de sus cometidos, en el marco de las directrices, métodos y
procedimientos establecidos en el Cuerpo.
Artículo 8.

Fines del plan de estudios.

a) Proporcionar al alumnado los conocimientos teórico-prácticos necesarios para el
adecuado desempeño de su profesión y posibilitar el desarrollo de las competencias
precisas para realizar con eficacia los cometidos que en el futuro le puedan ser
encomendados, todo ello desde las perspectivas profesional y militar.
b) Integrar los conocimientos y competencias en formación humana al servicio de la
función que el Cuerpo de la Guardia Civil desempeña y adecuar esos conocimientos a
las misiones a éste encomendadas, de acuerdo con el código de conducta del guardia
civil, inspirado en los principios básicos de actuación contenidos en la Ley
Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la Ley
Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los

cve: BOE-A-2021-9633
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El plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala
de Suboficiales de la Guardia Civil tiene los siguientes fines: