I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2021-9633)
Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Jueves 10 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 70713
a otra unidad de prácticas y un tutor o profesor colaborador diferente, excepto si supera
el plazo máximo indicado en el artículo 27.1.
3. La no superación de este módulo en las dos ocasiones previstas, según los
apartados anteriores, supondrá la baja en el centro docente de formación.
Disposición adicional primera.
Protección de la maternidad.
En lo que se refiere a esta orden y respecto a la protección de la maternidad, se
atenderá a lo dispuesto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia
Civil.
Disposición adicional segunda.
Empleo de Sargento Alumno.
Al alumnado que hubiera ingresado en la enseñanza de formación en la Academia
de Suboficiales de la Guardia Civil se le concederá, únicamente en los periodos
presenciales en el centro docente de formación y en el periodo de prácticas en la unidad
de la Guardia Civil que se le asigne, con carácter eventual y a efectos académicos, de
prácticas y retributivos, el empleo de Sargento Alumno.
Disposición transitoria primera.
Aplicación del plan de estudios de formación.
El plan de estudios de formación objeto de esta orden será de aplicación al alumnado
ingresado desde el inicio del curso académico 2021/2022.
Disposición transitoria segunda.
Repetición de curso.
El alumnado que, cursando el plan de estudios aprobado por la Orden
PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la
enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de
la Guardia Civil, no progrese y deba permanecer en el centro docente, una vez se
encuentre implantado el plan de estudios de la enseñanza de formación a que se refiere
esta orden, se integrará en la promoción siguiente, siéndole de aplicación cuanto se
dispone en esta orden, siempre y cuando cumpla con los requisitos de acceso a este
último plan de estudios, causando baja en el centro docente en caso contrario.
Disposición transitoria tercera.
Extinción de los planes de estudios.
Una vez que entre en vigor esta orden, el plan de estudios de la enseñanza de
formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia
Civil, aprobado mediante Orden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, quedará extinguido a la
finalización del curso académico que se encuentre en desarrollo.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Disposición final primera.
Facultad de desarrollo.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil a dictar, en
el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo
y ejecución de esta orden.
cve: BOE-A-2021-9633
Verificable en https://www.boe.es
1. Queda derogada la Orden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba
el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de
Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se
opongan a lo dispuesto en esta orden.
Núm. 138
Jueves 10 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 70713
a otra unidad de prácticas y un tutor o profesor colaborador diferente, excepto si supera
el plazo máximo indicado en el artículo 27.1.
3. La no superación de este módulo en las dos ocasiones previstas, según los
apartados anteriores, supondrá la baja en el centro docente de formación.
Disposición adicional primera.
Protección de la maternidad.
En lo que se refiere a esta orden y respecto a la protección de la maternidad, se
atenderá a lo dispuesto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia
Civil.
Disposición adicional segunda.
Empleo de Sargento Alumno.
Al alumnado que hubiera ingresado en la enseñanza de formación en la Academia
de Suboficiales de la Guardia Civil se le concederá, únicamente en los periodos
presenciales en el centro docente de formación y en el periodo de prácticas en la unidad
de la Guardia Civil que se le asigne, con carácter eventual y a efectos académicos, de
prácticas y retributivos, el empleo de Sargento Alumno.
Disposición transitoria primera.
Aplicación del plan de estudios de formación.
El plan de estudios de formación objeto de esta orden será de aplicación al alumnado
ingresado desde el inicio del curso académico 2021/2022.
Disposición transitoria segunda.
Repetición de curso.
El alumnado que, cursando el plan de estudios aprobado por la Orden
PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la
enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de
la Guardia Civil, no progrese y deba permanecer en el centro docente, una vez se
encuentre implantado el plan de estudios de la enseñanza de formación a que se refiere
esta orden, se integrará en la promoción siguiente, siéndole de aplicación cuanto se
dispone en esta orden, siempre y cuando cumpla con los requisitos de acceso a este
último plan de estudios, causando baja en el centro docente en caso contrario.
Disposición transitoria tercera.
Extinción de los planes de estudios.
Una vez que entre en vigor esta orden, el plan de estudios de la enseñanza de
formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia
Civil, aprobado mediante Orden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, quedará extinguido a la
finalización del curso académico que se encuentre en desarrollo.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Disposición final primera.
Facultad de desarrollo.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil a dictar, en
el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo
y ejecución de esta orden.
cve: BOE-A-2021-9633
Verificable en https://www.boe.es
1. Queda derogada la Orden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba
el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de
Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se
opongan a lo dispuesto en esta orden.