I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2021-9633)
Orden PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 70711

3. En el primer periodo del segundo curso académico, se estará en condiciones de
progresar al segundo periodo cuando se haya superado la totalidad de los módulos,
materias y asignaturas impartidos durante el mismo.
4. El alumnado permanecerá en el primer curso, o en cada uno de los periodos del
segundo curso, según corresponda, cuando no pueda asistir en cada uno de los
periodos a más del treinta por ciento (30%) del total de la carga lectiva de las asignaturas
de los módulos de Instrucción y Adiestramiento y de Servicio Operativo, en cada uno.
Artículo 26.

Permanencia y baja en el centro docente de formación.

1. El alumnado permanecerá en el centro docente de formación siempre que
progrese en el correspondiente plan de estudios, o permanezca en un curso o periodo
por no reunir las condiciones para pasar al periodo o curso siguiente.
2. El alumnado causará baja en la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil por
las causas, motivos y circunstancias señaladas en el régimen del alumnado de los
centros docentes de formación de la Guardia Civil.
Artículo 27.

Plazos para superar el plan de estudios.

1. El alumnado deberá superar el proceso de formación en un plazo máximo de tres
cursos académicos, excepto si, por motivos de accidente, lesión grave o enfermedad,
debidamente acreditados y justificados ante los Servicios Médicos del centro docente, ha
tenido que repetir un curso académico o periodo, en cuyo caso podrá incrementarse
dicho plazo en un curso más.
2. En caso de no superar el correspondiente plan de estudios de formación en los
plazos fijados y con las convocatorias reflejadas, el alumnado causará baja en el centro
docente de formación.
CAPÍTULO II
Evaluación de las actividades de instrucción y adiestramiento
Artículo 28.

Evaluación de las asignaturas del módulo Instrucción y Adiestramiento.

a) A lo largo del respectivo periodo, esta asignatura se superará mediante el
proceso de evaluación continua. Una falta de asistencia a más del treinta por ciento
(30%) de los periodos dedicados a cada una de las asignaturas comportará su no
superación por evaluación continua.
b) En el caso de no superar la asignatura por evaluación continua, se superará
mediante un examen realizado al acabar la evaluación continua, y antes del comienzo
del siguiente periodo (primera convocatoria).
c) En el caso de no superar el examen de la primera convocatoria, dicha asignatura
se deberá superar repitiendo el proceso indicado en los párrafos a) y b) (segunda
convocatoria), que, dependiendo del curso en el que se encuentre encuadrada la
asignatura, conllevará lo siguiente:
1.º Si la asignatura estuviese encuadrada en el primer curso académico, se deberá
repetir este curso en su totalidad.
2.º Si la asignatura estuviese encuadrada en el primer periodo del segundo curso
académico, se deberá repetir este periodo.

cve: BOE-A-2021-9633
Verificable en https://www.boe.es

1. Las asignaturas del módulo de Instrucción y Adiestramiento, a excepción de las
de Formación Física, se evaluarán según se establece en este artículo.
2. El número máximo de convocatorias será de dos, y el modo de superarlas será
el siguiente: