I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2021-9632)
Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 70662

Artículo 13. Relación de materias y asignaturas susceptibles de ser impartidas a
distancia.
1. Las alumnas en situación de embarazo, parto o postparto, así como el alumnado
en el que concurran circunstancias especiales que le impidan desarrollar la enseñanza
de formación de manera presencial, podrán solicitar que les sean impartidas en la
modalidad a distancia las asignaturas, o parte de ellas, que figuran en el anexo III.
2. La Junta Docente, si estuviera constituida, valorará las circunstancias especiales
señaladas en el apartado anterior, así como, para cada solicitud, las asignaturas, o
partes de ellas, que serán impartidas a distancia, elevando su parecer al Director del
centro.
3. De igual modo, cuando se presenten circunstancias extraordinarias objetivas, y
sea preciso a fin de garantizar la seguridad y protección de la salud u otros aspectos
análogos, por el Jefe de la Jefatura de Enseñanza se podrá disponer que sean
impartidas en la modalidad a distancia las asignaturas, o parte de ellas, que figuran en el
anexo III.
Artículo 14. Actividades extraescolares.
Los centros docentes correspondientes podrán establecer actividades extraescolares,
orientadas a ampliar la propuesta académica y cultural de este plan de estudios, de
acuerdo con el régimen general del alumnado.
CAPÍTULO II
Diseño del plan de estudios
Artículo 15.

Diseño por competencias.

1. Para la superación del plan de estudios, el alumnado deberá adquirir las
siguientes competencias:
a)

Competencia general.

Ejercer las funciones propias que el ordenamiento jurídico asigna con carácter
general y específico a la Guardia Civil, para que al nivel de su empleo en la Escala de
Cabos y Guardias, pueda cumplir con la misión de proteger el libre ejercicio de los
derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.
Competencias específicas.

1.º CE-1. Demostrar la asunción, interiorización y transmisión de los valores y
virtudes que son propios de la institución militar, adquiriendo formación en los aspectos
relacionados con la naturaleza y el carácter militar del Cuerpo de la Guardia Civil, así
como participar, a su nivel, en las misiones militares que se le encomiende a la Guardia
Civil, de acuerdo con la normativa que regula su participación en tales misiones.
2.º CE-2. Resolver situaciones, problemas o contingencias de forma creativa e
innovadora, en el ámbito de su competencia, conforme a los valores y principios éticos y
morales, imprescindibles para el desarrollo de su labor, de acuerdo con el código de
conducta del guardia civil, con una especial sensibilidad al principio de igualdad y al
ejercicio de las libertades y los derechos fundamentales de los ciudadanos.
3.º CE-3. Identificar el régimen estatutario y normativo de la Guardia Civil, en los
aspectos que afecten a su nivel de responsabilidad.
4.º CE-4. Demostrar un amplio conocimiento de la legislación y la normativa
reguladora de la prevención de la seguridad ciudadana y la seguridad vial, con especial
seguimiento de las competencias genéricas y exclusivas que a la Guardia Civil se asigna
en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, así como la normativa de protección civil, y
el resto de la regulación que afecte al ejercicio de sus competencias.

cve: BOE-A-2021-9632
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b)