I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Cuerpo de la Guardia Civil. Planes de estudios. (BOE-A-2021-9632)
Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Competencia
específica

Jueves 10 de junio de 2021

Resultado de aprendizaje

Sec. I. Pág. 70691

Criterios de evaluación

Se instruyen las diferentes diligencias que componen un atestado, con especial atención a los
derechos que asisten a la víctima y al detenido.
Aplica en su nivel de
responsabilidad, las técnicas de
confección de las diligencias.

Se confeccionan las actas e informes de mero trámite de un atestado.
Se dirigen, a su nivel, las diligencias instruidas a la Autoridad judicial.
Se informa a la víctima de los derechos que le asisten.
Se confecciona el atestado mediante los medios informáticos puesto a su disposición por la
Institución.

Aplica, a su nivel de
responsabilidad, aquellos aspectos
del Derecho Penal que puedan
tener relación con el desarrollo de
su servicio así como de los tipos
delictivos de frecuente comisión en
su ámbito de responsabilidad.

Emplea, a su nivel de
responsabilidad y en circunstancias
reales del servicio, un conocimiento
adecuado de la legislación y los
elementos que configuran los
procesos penales.

Se han identificado las características que definen las circunstancias modificativas de la
responsabilidad criminal.
Se diferencian los grados de participación en los delitos y se enumeran las penas aplicables así
como la prescripción de delitos y penas.
Se identifican los delitos de mayor incidencia en su ámbito competencial, con especial
incidencia en los delitos contra las personas, delitos contra la propiedad y contra la salud
pública.
Se distinguen los diferentes procesos penales, con el objetivo de dirigir adecuadamente las
diligencias que, a su nivel, se realicen en la Unidad.
Se deducen, a su nivel, las características que definen a los procedimientos penales.
Se identifica la normativa que regula la detención de una persona, con especial incidencia en
los derechos que asisten al detenido.
Se distinguen los elementos que diferencian la denuncia de la querella, con expresión de la
obligación y excepción de la denuncia.
Se han identificado y clasificado los tipos penales relativos a la violencia de género, deduciendo
el valor intrínseco del respeto a la igualdad entre hombre y mujer.

Distingue las particularidades de
determinados delitos,
individualizados en razón de las
personas que los cometen y a las
víctimas del mismo, que puedan
vincularse con personas o grupos
especialmente vulnerables por
razón de su sexo, religión, opinión,
raza o por cualquier otra razón que
suponga una transgresión del
principio de igualdad.

Se han aplicado los protocolos establecidos para la atención a una víctima de la violencia de
género, desde el primer momento que ingresa en una dependencia de la Guardia Civil.
Se han identificado las particularidades de la aplicación de las leyes que regulan la intervención
de menores de edad penal en hechos delictivos.
Se ha aplicado el procedimiento de actuación adecuado a la intervención de menores, con
incidencia en la determinación de la edad de los mismos, así como en los casos en los que se
deba valorar las situaciones de riesgo o desamparo de los menores.
Se ha analizado el entorno social que rodea a determinados grupos de riesgo, para establecer
procedimientos de prevención en la comisión de actos delictivos.
Se han distinguido las situaciones que pueden suponer un delito contra la integridad moral, por
la intencionalidad de hallarse dirigido hacia un determinado colectivo por cualquier razón de
tipo étnico, social, religioso o político que pueda suponer una abierta muestra de
discriminación.
cve: BOE-A-2021-9632
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CE-5

Se identifica el concepto de infracción penal y de las personas responsables de su comisión,
por acción u omisión.