I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Títulos académicos. Currículo. (BOE-A-2021-9629)
Orden EFP/573/2021, de 7 de junio, por la que se establece el currículo de los ciclos de grado superior correspondiente a los títulos de Técnico Deportivo Superior en Alta Montaña y Técnico Deportivo Superior en Escalada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Jueves 10 de junio de 2021
2.

Sec. I. Pág. 70446

Planifica y programa la ejecución del proyecto, determinando las fases o ciclos de
preparación, la metodología utilizada y los recursos necesarios.


Planificación del proyecto:
- Temporalización y secuenciación del mismo (planning, cronogramas,
tiempos y secuencias de ejecución).
- Valoración de los recursos materiales y humanos.
- Logística.

– Permisos y autorizaciones necesarias para el desarrollo del proyecto.
- Análisis de los riesgos del proyecto y su inclusión en el plan de prevención de
riesgos.
3.

Selecciona los procedimientos de seguimiento y control de la elaboración y ejecución
del proyecto, justificando las funciones dentro del proyecto, la selección de variables
e instrumentos empleados






4.

Procedimientos de evaluación de las actividades.
La evaluación del proyecto: indicadores de calidad.
Análisis y solución de las posibles contingencias encontradas en el desarrollo del
proyecto.
Documentación necesaria en la evaluación de las actividades del proyecto.
Procedimiento de participación en la evaluación de los deportistas o usuarios/
clientes.

Presenta el proyecto, seleccionando los aspectos relevantes del mismo, justificando
las decisiones tomadas y utilizando los recursos didácticos y técnicos más adecuados
en cada caso.




Documentación necesaria en la presentación y comunicación del proyecto.
Presentación del proyecto: comunicación, recursos didácticos y técnicos.
Bibliografía del proyecto. Procedimiento de referencia.

D) Orientaciones pedagógicas:
Dado el carácter integrador del módulo de proyecto final, se presentará y se evaluará
junto con el módulo de formación práctica, con el objeto de permitir la incorporación en el
mismo de competencias adquiridas durante el periodo de prácticas. Se organizará sobre la
base de la tutorización individual y colectiva, y la evaluación la realizará el equipo docente
representado en un tribunal en el que participará el tutor del proyecto.

Los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación del módulo de formación
práctica, recogidos en el RD 702/2019, de 29 de noviembre, se logran con la inmersión del
alumnado dentro de un entorno deportivo y de trabajo real controlable y tutelado. Todo ello
de acuerdo con las siguientes orientaciones metodológicas.

cve: BOE-A-2021-9629
Verificable en https://www.boe.es

Módulo de enseñanza deportiva: Formación práctica.
Código: MED-MOAM308