III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-9625)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma Principado de Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Miércoles 9 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
9625

Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por
la que se publica el Convenio con el Principado de Asturias, para la
constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma
Principado de Asturias.

Suscrito entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Salud del Principado de
Asturias, en fecha 1 de junio de 2021, Convenio para la constitución de la Junta Arbitral
de Consumo de la Comunidad Autónoma Principado de Asturias, que figura como anexo
a esta Resolución, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 2 de junio de 2021.–La Directora General de Consumo, Bibiana Medialdea
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Salud del Principado
de Asturias, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad
Autónoma Principado de Asturias
Madrid, 1 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, doña Bibiana Medialdea García, Directora General de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 224/2020, de 29 de enero, por
delegación de competencias del Ministro de Consumo, efectuada mediante Orden
CSM/940/2020, de 6 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de
créditos para gastos y de delegación de competencias.
Y de otra parte, don José Ignacio Altolaguirre Bernácer, Director de la Agencia de
Seguridad Alimentaria, Sanidad Ambiental y Consumo de la Consejería de Salud
del Principado de Asturias, nombrado por Decreto 181/2019, de 12 de septiembre, del
Presidente del Principado de Asturias, autorizado para la firma de este convenio por
Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 23 de abril de 2021.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo
y de la Comunidad Autónoma Principado de Asturias.

El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el Capítulo II, del Título V, del Libro
Primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
para que reglamentariamente establezca su organización, gestión y administración, así
como el procedimiento de resolución de conflictos.

cve: BOE-A-2021-9625
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