III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9621)
Resolución de 1 de junio de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Fundación CPA Salduie, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Miércoles 9 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 70363

5. Conceder un día libre, no recuperable, por examen de asignaturas de los
estudios cursados en el CPA SALDUIE y facilitar la asistencia del estudiante a las
pruebas de evaluación supervisadas por el tutor académico.
Tercera.

Compromisos del CPA SALDUIE.

El CPA SALDUIE, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos:
1. Supervisar el desarrollo del proceso formativo, estableciendo los mecanismos
adecuados para su seguimiento y evaluación, nombrando un tutor académico que asuma
el asesoramiento metodológico y técnico del estudiante, así como el proceso de
evaluación.
2. Establecer los sistemas de evaluación adecuados a las prácticas externas y a los
estudiantes que en ellas participen.
3. Informar a los estudiantes que participen en el proceso formativo de los
compromisos que adquieren en virtud del presente Convenio.
Cuarta.

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.

Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
los siguientes derechos:
– A la tutela, durante todo el período de duración de las prácticas, por un profesor
del centro de estudios y por un profesional de la unidad donde realice la misma.
– A la evaluación de su desempeño de acuerdo con los criterios establecidos por el
centro.
– A la obtención de un informe de la actividad desarrollada, su duración su
rendimiento.
– A ser informado en todo momento de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, la
realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas
o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente o en este Convenio de
Cooperación Educativa.

– Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas.
– Cumplir con diligencia el proyecto formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por el INAEM.
– Incorporarse a la unidad en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto educativo, respetar las normas de organización y funcionamiento de la unidad y
seguir las instrucciones del responsable designado para supervisar su proceso formativo.
– Cumplir estrictamente las normas de seguridad y prevención de riesgos laborales.
– Guardar secreto sobre los datos de carácter personal a los que tenga acceso en la
realización de las prácticas, así como sobre cualquier otro tipo de información que pueda
conocer como consecuencia de las mismas, prestando, a estos efectos, su expresa
conformidad.
– Elaborar la memoria final de las prácticas, en la que se haga constar los datos
personales del estudiante, la unidad donde ha realizado las prácticas y su ubicación,
la descripción concreta y detallada de las tareas desarrolladas y departamentos de la
unidad a los que ha estado asignado, la valoración de las tareas desarrolladas con los
conocimientos y competencias adquiridas en relación con los estudios.

cve: BOE-A-2021-9621
Verificable en https://www.boe.es

Asimismo, los estudiantes quedarán sujetos al cumplimiento de las siguientes
obligaciones: