III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2021-9534)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Radio Popular, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
9534

Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Radio Popular, SA.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Radio Popular, SA (COPE),
(código de convenio n.º 90004283011981), que fue suscrito con fecha 21 de abril
de 2021, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en
representación de la misma y, de otra, por el Comité Intercentros, en representación de
los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90,
apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28
de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad.
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 31 de mayo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO ENTRA LA EMPRESA RADIO POPULAR, SA –COPE– Y
SUS TRABAJADORES 2020-2021
CAPÍTULO I
Extensión y vigencia
Artículo 1. Ámbito de aplicación.

a) La actividad que se limite pura y simplemente al desempeño de Consejero en la
empresa de conformidad con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 1.3 del Estatuto
de los Trabajadores, así como quienes ejerzan actividades de alta dirección o alta
función, incluyéndose entre ellas los Directores de los servicios centrales.
b) Los actores de cuadros artísticos, músicos, cantantes, orquestas y agrupaciones
musicales.

cve: BOE-A-2021-9534
Verificable en https://www.boe.es

1.º Las normas del presente Convenio afectarán a todos los centros de trabajo de
Radio Popular, SA –COPE– y demás emisoras que se adhieran.
2.º Los preceptos serán de aplicación a todo el personal que mantenga relación
laboral con la empresa en las emisoras comprendidas en el apartado anterior.
3.º Quedan expresamente exceptuados del ámbito de aplicación del presente
Convenio: