III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9540)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de construcción de saneamiento y depuración de San Roque y otros municipios del Campo de Gibraltar (Cádiz)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69938
que establece el plan de gestión del espacio, y que hacen referencia a la mejora de las
condiciones de calidad de los recursos hídricos.
– Vías Pecuarias y Patrimonio Cultural:
Según lo indicado en el documento ambiental, teniendo en cuenta las anchuras y la
clasificación de las vías pecuarias, se han diseñado las actuaciones del proyecto para
que su afección sea la menor posible y aunque en muchos casos transcurran de forma
paralelas a las mismas, sólo las afecten de forma transversal y puntualmente.
Como medida de protección, el promotor se compromete a que de forma previa al
comienzo de las obras, solicitará al organismo competente de la Junta de Andalucía las
autorizaciones correspondientes para ocupar de forma temporal los tramos de vías
pecuarias interceptados. En todo momento, se deberá garantizar la continuidad y el
tránsito de ganado permanente a través de las vías pecuarias interceptadas por el
trazado de las conducciones.
Según el informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Cultura y
Patrimonio Histórico, se comprueba que en el área del proyecto se documentan
yacimientos arqueológicos inventariados. Por lo que el promotor ha realizado una
actividad arqueológica preventiva de Estudio y documentación gráfica para el proyecto,
cuyos resultados se han expuesto en la memoria de la intervención, habiéndose emitido
Resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del
Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, con fecha 8 de julio de 2020, fijando como
propuesta de medida correctora el control de movimientos de tierras.
De igual forma, el informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de
Cultura y Patrimonio Histórico, de fecha 27 de julio de 2020, concluye que informa
favorablemente el proyecto con el condicionante de la ejecución de una actividad
arqueológica de control de movimientos de tierra durante la ejecución de la obra como
medida cautelar de protección del patrimonio arqueológico, que será tramitada conforme
a lo dispuesto en el Decreto 168/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Actividades Arqueológicas.
Esta medida cautelar ha sido aceptada expresamente por el promotor, en su informe
de 26 de octubre de 2020, indicando que incluirá esta medida en el anejo de Integración
Ambiental del proyecto.
– Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos:
El documento ambiental incluye un capítulo que analiza la vulnerabilidad del proyecto
ante riesgos de accidentes graves o catástrofes.
En cuanto a riesgos de origen natural, estudia el riesgo de inundación, el de subida
del nivel del mar, el riesgo sísmico, el de incendios forestales, de desprendimiento y
hundimiento, de erosión, y el de fenómenos meteorológicos adversos (sequía, fuertes
precipitaciones, heladas, nieblas o rocío y fuertes vientos).
La confluencia de una serie de factores ha dado lugar a que uno de los riesgos más
significativos de la zona de estudio se relacione con la susceptibilidad de inundación y de
avenidas de agua. En el arco de la Bahía de Algeciras se encuentran dos ríos que son
los más problemáticos desde el punto de vista de riesgo de inundaciones: el Palmones, y
el Guadarranque. El promotor aporta un anejo del proyecto con un estudio hidrológico y
de inundación en el ámbito de estudio, cuya conclusión es que el proyecto mejora la
situación en términos de inundabilidad, ya que las anteriores depuradoras se situaban en
zona inundable. El emplazamiento previsto para la nueva EDAR de San Roque se
encuentra fuera de la zona inundable (incluso para avenidas de 500 años de periodo de
retorno); sin embargo los colectores y estaciones de bombeo se sitúan en zonas
inundables, con cierta periodicidad, en algunos tramos. A los colectores, al ser
subterráneos, no les supone ninguna afección. Las estaciones de bombeo, por su parte,
contarán con las medidas de defensa necesarias para solucionar el problema de las
avenidas, que según lo indicado por el promotor en el documento ambiental y en su
cve: BOE-A-2021-9540
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Martes 8 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69938
que establece el plan de gestión del espacio, y que hacen referencia a la mejora de las
condiciones de calidad de los recursos hídricos.
– Vías Pecuarias y Patrimonio Cultural:
Según lo indicado en el documento ambiental, teniendo en cuenta las anchuras y la
clasificación de las vías pecuarias, se han diseñado las actuaciones del proyecto para
que su afección sea la menor posible y aunque en muchos casos transcurran de forma
paralelas a las mismas, sólo las afecten de forma transversal y puntualmente.
Como medida de protección, el promotor se compromete a que de forma previa al
comienzo de las obras, solicitará al organismo competente de la Junta de Andalucía las
autorizaciones correspondientes para ocupar de forma temporal los tramos de vías
pecuarias interceptados. En todo momento, se deberá garantizar la continuidad y el
tránsito de ganado permanente a través de las vías pecuarias interceptadas por el
trazado de las conducciones.
Según el informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Cultura y
Patrimonio Histórico, se comprueba que en el área del proyecto se documentan
yacimientos arqueológicos inventariados. Por lo que el promotor ha realizado una
actividad arqueológica preventiva de Estudio y documentación gráfica para el proyecto,
cuyos resultados se han expuesto en la memoria de la intervención, habiéndose emitido
Resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del
Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, con fecha 8 de julio de 2020, fijando como
propuesta de medida correctora el control de movimientos de tierras.
De igual forma, el informe de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de
Cultura y Patrimonio Histórico, de fecha 27 de julio de 2020, concluye que informa
favorablemente el proyecto con el condicionante de la ejecución de una actividad
arqueológica de control de movimientos de tierra durante la ejecución de la obra como
medida cautelar de protección del patrimonio arqueológico, que será tramitada conforme
a lo dispuesto en el Decreto 168/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el
Reglamento de Actividades Arqueológicas.
Esta medida cautelar ha sido aceptada expresamente por el promotor, en su informe
de 26 de octubre de 2020, indicando que incluirá esta medida en el anejo de Integración
Ambiental del proyecto.
– Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos:
El documento ambiental incluye un capítulo que analiza la vulnerabilidad del proyecto
ante riesgos de accidentes graves o catástrofes.
En cuanto a riesgos de origen natural, estudia el riesgo de inundación, el de subida
del nivel del mar, el riesgo sísmico, el de incendios forestales, de desprendimiento y
hundimiento, de erosión, y el de fenómenos meteorológicos adversos (sequía, fuertes
precipitaciones, heladas, nieblas o rocío y fuertes vientos).
La confluencia de una serie de factores ha dado lugar a que uno de los riesgos más
significativos de la zona de estudio se relacione con la susceptibilidad de inundación y de
avenidas de agua. En el arco de la Bahía de Algeciras se encuentran dos ríos que son
los más problemáticos desde el punto de vista de riesgo de inundaciones: el Palmones, y
el Guadarranque. El promotor aporta un anejo del proyecto con un estudio hidrológico y
de inundación en el ámbito de estudio, cuya conclusión es que el proyecto mejora la
situación en términos de inundabilidad, ya que las anteriores depuradoras se situaban en
zona inundable. El emplazamiento previsto para la nueva EDAR de San Roque se
encuentra fuera de la zona inundable (incluso para avenidas de 500 años de periodo de
retorno); sin embargo los colectores y estaciones de bombeo se sitúan en zonas
inundables, con cierta periodicidad, en algunos tramos. A los colectores, al ser
subterráneos, no les supone ninguna afección. Las estaciones de bombeo, por su parte,
contarán con las medidas de defensa necesarias para solucionar el problema de las
avenidas, que según lo indicado por el promotor en el documento ambiental y en su
cve: BOE-A-2021-9540
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Núm. 136