III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9538)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para la realización por parte de los funcionarios en prácticas de los Cuerpos Superiores de Inspectores de Hacienda del Estado e Interventores y Auditores del Estado, del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69922

Por parte de la UNED será el Coordinador General/Director Académico del Máster
Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED, en
sus dos especialidades de Dirección y Administración Pública y de Tributación.
Séptima. Protección de datos y confidencialidad.
En relación con la seguridad de la información y la protección de datos de carácter
personal, las partes asumen las siguientes actuaciones y compromisos:
1. En el tratamiento de los datos personales, las partes tendrán la consideración de
«Corresponsables del tratamiento» y asumen de mutuo acuerdo sus respectivas
responsabilidades especificadas en la presente cláusula, en aplicación del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).
2. Los datos derivados de este Convenio serán de carácter identificativo y
financiero, estrictamente necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el objeto
establecido en la cláusula primera del Convenio.
3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado,
por los fines del Convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza:
El IEF está legitimado tanto por el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de
Medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se crea, como por el Real
Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE de 27 de enero), por el que se aprueba el Estatuto
del organismo autónomo, entre cuyas funciones se encuentra la cooperación y coordinación
con otros centros, universidades, etc., en materia de estudios e investigación.
La UNED está legitimada por Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en
su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), y por sus Estatutos
Fundacionales (Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.
4. En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los
sistemas objeto de este Convenio, las partes se comprometen a informarse mutuamente
con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es susceptible de
comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de Protección de Datos) y
a las personas concernidas sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según
establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se comprometen a colaborar
para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir
incidentes similares.
5. Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
6. Durante la vigencia del Convenio, cuando para el ejercicio de la función
educativa, cuyo fundamento se basa en el artículo 6.1.e) del RGPD, fuese necesaria la
grabación y retrasmisión de las sesiones de cursos o seminarios, ésta se realizará
utilizando las herramientas oficiales de una de las partes e informará a las demás de
dicha circunstancia. Así mismo, los interesados, alumnos y profesores serán informados
de sus derechos, contemplados en los artículos 13 y 14 del RGPD.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos), y demás normativa
vigente.

cve: BOE-A-2021-9538
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Núm. 136