I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Fondos carentes de personalidad jurídica. Contabilidad. (BOE-A-2021-9494)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 12 de septiembre de 2013, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

Disposición final única.

Sec. I. Pág. 69685

Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-9494
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 2 de junio de 2021.–El Interventor General de la Intervención General de la
Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X