III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Incentivos regionales. (BOE-A-2021-9531)
Orden HAC/562/2021, de 27 de mayo, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declara el incumplimiento de condiciones de expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

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de trabajo el alcance del incumplimiento se determinará en la proporción en que dicha
condición haya quedado incumplida, si el incumplimiento excediera del 50 por ciento o
tuviera como resultado la destrucción del empleo el alcance del incumplimiento será
total. El apartado 4 del mismo artículo detalla los casos en los que el alcance del
incumplimiento será total. El apartado 6 establece que, si el incumplimiento derivara de
la inobservancia de alguna condición o supuesto distinto de los anteriores, su alcance
será determinado en función del grado y de la entidad de la condición incumplida. Por
último, el apartado 7 determina que la concurrencia de distintas causas de
incumplimiento dará lugar a la apreciación conjunta de las mismas, a estos efectos, el
alcance del incumplimiento en tanto por ciento, se obtendrá restando de 100 el producto
del grado de cumplimiento en tanto por ciento, de todas y cada una de las condiciones.
Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, el Reglamento de los incentivos
regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de
6 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, la Ley General de Subvenciones de 17 de noviembre de
2003 y demás disposiciones de aplicación, así como los informes de la Dirección
General de Fondos Europeos.
La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta del
Ministerio de Hacienda,
RESUELVE
Declarar el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los
incentivos regionales a las empresas relacionadas en el anexo de este Acuerdo. En
consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al
alcance del incumplimiento según se detalla en el anexo.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados,
podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante la Comisión Delegada del
Gobierno para Asuntos Económicos, en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la notificación del mismo, o bien, recurso contencioso-administrativo, ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos
meses, contados desde el día siguiente a la notificación del mismo.»
ANEXO AL ACUERDO DE DECLARACIÓN DE INCUMPLIMIENTO DE CONDICIONES
EN EXPEDIENTES DE CONCESIÓN DE INCENTIVOS REGIONALES
Relación de empresas afectadas

Núm. expte.

Titular

Cantidades
percibidas

Alcance del
incumplimiento

Subvención
concedida

Subvención
procedente

Euros

Porcentaje

Euros

Euros

MU/1342/P02

PREMURSA
THEME-PARK, S.A.

0,00

100% 16.954.951,52

TF/531/P06

HOTEL OASIS
PARAISO, S.A.

0,00

4,55%

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

0,00

cve: BOE-A-2021-9531
Verificable en https://www.boe.es

5.737.883,90 5.476.810,18

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X