I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (BOE-A-2021-9493)
Orden HAC/560/2021, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica; y por la que se modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 69490

En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Aprobación de los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y
del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y
entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con
presencia en territorio español).
1. Se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del
Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades
en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en
territorio español) y sus documentos de ingreso o devolución, para los períodos
impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, consistentes en:
a) Declaraciones del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de
no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de
rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español):
1.º Modelo 200: Declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre
la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de
atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español),
que figura en el Anexo I.
2.º Modelo 220: Declaración del Impuesto sobre Sociedades–Régimen de
consolidación fiscal correspondiente a los grupos fiscales, que figura en el Anexo II.
b)

Documentos de ingreso o devolución:

2. El Modelo 200, que figura como Anexo I, es aplicable, con carácter general, a
todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y a todos los contribuyentes por
el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades
en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en
territorio español) obligados a presentar y suscribir la declaración por cualquiera de estos
impuestos.
3. El Modelo 220, que figura como Anexo II, es aplicable a los grupos fiscales,
incluidos los de cooperativas, que tributen por el régimen fiscal especial establecido en el
capítulo VI del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre
Sociedades y en el Real Decreto 1345/1992, de 6 de noviembre, por el que se dictan
normas para la adaptación de las disposiciones que regulan la tributación sobre el
beneficio consolidado a los grupos de sociedades de cooperativas, respectivamente.
4. Se aprueban los siguientes formularios previstos para suministrar información,
consistentes en:
1.º Formulario de información adicional de ajustes y deducciones, que figura en el
Anexo III.

cve: BOE-A-2021-9493
Verificable en https://www.boe.es

1.º Modelo 200: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre
Sociedades, que figura en el Anexo I. El número de justificante que habrá de figurar en
dicho modelo será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán
con el código 200.
2.º Modelo 206: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre la Renta
de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución
de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español), que figura en
el Anexo I. El número de justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un
número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 206.
3.º Modelo 220: Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre
Sociedades-Régimen de consolidación fiscal, que figura en el Anexo II. El número de
justificante que habrá de figurar en dicho modelo será un número secuencial cuyos tres
primeros dígitos se corresponderán con el código 220.