I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (BOE-A-2021-9493)
Orden HAC/560/2021, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica; y por la que se modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 69488

Modelo 200 tendrá carácter obligatorio para todos los ajustes de las páginas 12 y 13 de
dicho modelo, como se indicó en Orden HAC/565/2020, de 12 de junio, por la que se
aprobaron los Modelos 200 y 220 para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2019. Esta modificación va dirigida a facilitar la
cumplimentación de las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias
(excluida la corrección por Impuesto sobre Sociedades) en ejercicios futuros al conocer
si las correcciones fiscales practicadas son permanentes, temporarias con origen en el
ejercicio o en ejercicios anteriores, así como el saldo pendiente a inicio y fin de ejercicio
de cada uno de los ajustes. Este cuadro también cumple con el objetivo de obtener un
mayor detalle de las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias
mejorando el control y reduciendo el número de requerimientos que actualmente
suscitan estos ajustes. Esta información, una vez cumplimentada, se agrupará en el
cuadro resumen contenido en las páginas 26 bis a 26 sexies del Modelo 200, que
también será de cumplimentación obligatoria para períodos impositivos iniciados a partir
del 1 de enero de 2020.
Para una mayor información y mejora en la gestión del Impuesto se ha considerado
necesario introducir cambios relacionados con el Régimen económico y fiscal de
Canarias en relación con las Deducciones por inversiones en Canarias con límites
incrementados, Deducción por producciones cinematográficas extranjeras en Canarias,
así como relacionados con las inversiones anticipadas que se considerarán como
materialización de la Reserva para inversiones en Canarias.
Por otra parte, se ha procedido a publicar en esta orden un nuevo formulario (anexo
V) relacionado con la Reserva para inversiones en Canarias con el fin de realizar la
comunicación de la materialización de las inversiones anticipadas y su sistema de
financiación de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 apartado 11 de la
Ley 19/1994, de 6 de julio, que deberá presentarse previamente a la declaración del
Impuesto sobre Sociedades del período impositivo en que se realicen las inversiones
anticipadas.
Al igual que en ejercicios anteriores, se publican en esta orden los formularios
previstos para suministrar información en relación con determinadas correcciones y
deducciones a la cuenta de pérdidas y ganancias de importe igual o superior a 50.000
euros (Anexo III) y la memoria anual de actividades y proyectos ejecutados e
investigadores afectados por bonificaciones a la Seguridad Social (Anexo IV). Estos
formularios, que se encuentran alojados en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, no sufren variación.
Por otra parte, esta orden modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la
que se aprueba el Modelo 282, «Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el
marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas
de la aplicación del Derecho de la Unión Europea» y se establecen las condiciones y el
procedimiento para su presentación, actualizando su anexo al objeto de adecuarlo a las
modificaciones derivadas de la Ley 8/2018, de 5 de noviembre, por la que se modifica la
Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias, eliminando la diferenciación en la información relativa al sector industrial y al
resto de sectores económicos.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Se cumplen los principios de necesidad y eficacia jurídica por ser desarrollo de una
norma legal y reglamentaria y el instrumento adecuado para dicho desarrollo.
Se cumple también el principio de proporcionalidad al contener la regulación
necesaria para conseguir los objetivos que justifican su aprobación.
Respecto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del texto
con el resto del ordenamiento jurídico nacional, generando un marco normativo estable,
predecible, integrado, claro y de certidumbre que facilita su conocimiento y comprensión

cve: BOE-A-2021-9493
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Núm. 136