I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (BOE-A-2021-9493)
Orden HAC/560/2021, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica; y por la que se modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
198 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 8 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 69486

porcentaje de la deducción por actividades de innovación tecnológica al que se refiere la
letra c) del artículo 35.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, elevándolo para los
gastos efectuados en la realización de actividades de innovación tecnológica cuyo
resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción
en la cadena de valor de la industria de la automoción o mejoras sustanciales de los ya
existentes. Asimismo, recoge un nuevo supuesto de libertad de amortización en
inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o
conectada.
El Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio, de medidas de reactivación económica
para hacer frente al impacto del COVID-19 en los ámbitos de transportes y vivienda, con
efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2020 que
no hayan concluido a 9 de julio de 2020 (fecha de entrada en vigor de este Real Decretoley), introduce modificaciones en relación con el régimen fiscal previsto para las
Autoridades portuarias. Se elimina a las Autoridades portuarias de la enumeración de las
entidades parcialmente exentas, se introduce en el artículo 38 bis de la Ley 27/2014,
de 27 de noviembre, una nueva deducción en la cuota íntegra aplicable a las
Autoridades portuarias y un nuevo apartado n) en el artículo 15 de la mencionada ley,
que establece un nuevo supuesto de gasto no deducible para aquellos gastos que sean
objeto de la deducción regulada en dicho artículo 38 bis de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, incluidos los correspondientes a la amortización.
El Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia regula el
régimen fiscal específico aplicable a la final de la «UEFA Women's Champions
League 2020», indicando que las personas jurídicas residentes en territorio español
constituidas con motivo de la mencionada final por la entidad organizadora o por los
equipos participantes estarán exentas del Impuesto sobre Sociedades por las rentas
obtenidas durante la celebración del acontecimiento y en la medida en que estén
directamente relacionadas con su participación en él.
El Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a
la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, modifica el Real
Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, con la finalidad de adaptar la deducción por
inversiones en producciones extranjeras de largometrajes cinematográficos o de obras
audiovisuales regulada en el artículo 36 apartado 2 de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, a la Comunicación de la Comisión Europea sobre ayuda estatal a las obras
cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual. El importe de una parte de
esta deducción no podrá superar el límite que establece el Reglamento (UE) 1407/2013
de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107
y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis
(DOUE de 24 de diciembre). Asimismo, modifica el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de
junio, con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley 23/2020, en lo
relativo a la deducción por actividades de innovación tecnológica de procesos de
producción en la cadena de valor de la industria de la automoción para proyectos
iniciados a partir del 25 junio de 2020, elevando el porcentaje de deducción al 50% para
el caso de pequeñas y medianas empresas, siendo este porcentaje del 15% para el caso
de empresas que no tengan esta consideración, asimismo, modifica los requisitos y
condiciones necesarias para su aplicación y estableciendo diferencias según los
contribuyentes tengan o no la consideración de pequeñas y medianas empresas de
acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la
Comisión; respecto del nuevo supuesto de libertad de amortización en inversiones
realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada, da
nueva redacción a la disposición adicional decimosexta de la Ley 27/2014, de 27 de
noviembre, y establece que se aplicará a las inversiones en elementos nuevos de
inmovilizado material efectuadas y que entren en funcionamiento en los períodos
impositivos que concluyan entre el 2 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2021, con
determinadas condiciones de mantenimiento de plantilla, esta medida se acoge al Marco
nacional temporal relativo a las medidas de ayuda destinadas a respaldar la economía

cve: BOE-A-2021-9493
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 136