I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. Régimen Económico y Fiscal de Canarias. (BOE-A-2021-9493)
Orden HAC/560/2021, de 4 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso, se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica; y por la que se modifica la Orden HAP/296/2016, de 2 de marzo, por la que se aprueba el modelo 282, "Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Martes 8 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 69499

ANEXO I
Modelo 200

Teléfono: 901 33 55 33
www.agenciatributaria.es

MINISTERIO
DE HACIENDA

2020

Impuesto sobre Sociedades

Agencia Tributaria

Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes

Página 1

y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)

Modelo

200

Declaración relativa al período impositivo comprendido desde

EL

Identificación

AL

EL

AL
Ejercicio .........................................................
Tipo ejercicio ...............................................................

NIF

Código CNAE (2009) actividad principal ............
Apellidos y nombre o razón social
Teléfono 1

Teléfono 2

00001 Entidad sin ánimo de lucro acogida régimen fiscal Título
II Ley 49/2002
00002 Entidad parcialmente exenta

00014 Agrupación europea de interés económico

00031 Entidades de capital-riesgo

00017 Cooperativa protegida

00032 Sociedad de desarrollo industrial regional

00080 Uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas
Sociedad de inversión de capital variable o fondo de
00003 inversión de carácter financiero
00004 Sociedad de inversión inmobiliaria o fondo de inversión inmobiliaria
00005 Comunidades titulares de montes vecinales en mano común

00018 Cooperativa especialmente protegida

00036 Sociedad de garantía recíproca o de reafianzamiento

00019 Resto cooperativas

00048 Fondo de pensiones Real Decreto Legislativo 1/2002,
de 29 de noviembre

00021 Establecimiento permanente

00058 Mutua de seguros o Mutualidad de previsión social

00023 Gran empresa

00060 Fondos o activos de titulización

00011 Entidad de tenencia de valores extranjeros
Agrupación de interés económico española o Unión
00013 temporal de empresas

00024 Entidad de crédito

00066 Entidad patrimonial

00025 Entidad aseguradora

Diócesis, provincia religiosa o entidad eclesiástica
00078 que integra entidades menores de ellas dependientes

00006 Incentivos entidad de reducida dimensión
(Cap. XI, Tít. VII LIS)
00015 Entidad ZEC (sin consolidación fiscal)

00049 Regímenes especiales de normativa foral
Aplicación rég. especial fusiones, escisiones, apor00035
taciones activos y canjes valores (Cap. VII, Tít VII)

00046 Entidad en rég. de atribución de rentas constituída
en el extranjero con presencia en territorio español

00079 Entidad ZEC en consolidación fiscal

00029 Régimen especial Canarias

00064 Régimen fiscal entrada SOCIMI

00022 Régimen entid. navieras en función del tonelaje

00033 Régimen especial minería

00028 Tribut. conjunta Estado/Diput. Cdad. Forales

00034 Régimen especial hidrocarburos

00057 Régimen fiscal salida SOCIMI
Rég. fiscal de operaciones de aportación de activos
00062 a sociedades para la gestión de activos (Ley 8/2012)

00047 Entidades sometidas a la normativa foral

00038 Entidad dedicada al arrend. de viviendas

00020 Otros regímenes especiales

00007 Imputación en base imp. rentas positivas art. 100 LIS

00027 Base imponible negativa o cero
Transmisión elementos patrimoniales
00030 arts. 27.2.d) y 77.1 LIS
00039 Entidad que forma parte de un grupo mercantil
(art. 42 del Cód. Comercio)
00043 Obligación información DT 5ª RIS
00045 Inversiones anticipadas-reserva inversiones
en Canarias (art. 27.11 Ley 19/1994)
00063 Tipo gravamen reducido para entid. de nueva creación
(DT 22ª LIS)
00071 Tipo gravamen reducido para entid. de nueva creación
(art. 29.1 LIS)

00070 Compensación bases imponibles negativas para entidades de
nueva creación (art. 26.3 LIS)
00059 Opciones arts. 39.2 y 39.3 LIS

00009 Entidad dominante de grupo fiscal
00010 Entidad dependiente de grupo fiscal
00081 Filial grupo multinacional
00082 Sociedad matriz última grupo multinacional
00016 Opción art. 46.2 LIS
00026 Entidad inactiva

00065 Bonificación personal investigador (RD 475/2014)
régimen transitorio de la reducción de ingresos pro00067 Opción
cedentes de determinados activos intangibles (DT 20ª LIS)
Extinción
de entidad
00072
Opción del 0,7% de la cuota íntegra para fines sociales
00073 (DA 103ª Ley 6/2018)

Grupo fiscal

Estados de cuentas(*)
Balance

00012 SOCIMI

Pérdidas y ganancias:

ECPN:

Mod. normal

00050

Mod. normal

00075

Mod. normal

00053

Mod. abreviado

00051

Mod. abreviado (voluntario)

00076

Mod. abreviado

00054

Mod. PYMES

00052

Mod. PYMES (voluntario)

00077

Mod. PYMES

00055

Entidades que sin ser Instituciones de inversión colectiva utilicen los estados
de cuentas aplicables a éstas ..........................................................................

00061

(*) Excepto entidades que hayan marcado las claves 00003, 00004, 00024, 00025, 00036 ó 00058 de caracteres (tipo de entidad)

Número de grupo fiscal ..............................

00040

NIF de la entidad representante/
dominante (incluida en el grupo fiscal)
Clave 00010
Nº identificación de la entidad dominante
(en el caso de grupos constituidos sólo
por entidades dependientes) ...............

Grupo mercantil

Personal asalariado
Consigne la cifra media del ejercicio

Sólo para entidades que hayan marcado alguna de las siguientes claves
de caracteres de la declaración:
Claves 00009 ó 00010

Personal fijo

00041

Personal no fijo

00042

Firma del Secretario del Consejo de Administración, declarante o representante
D.

NIF

en su
calidad de Secretario del Consejo de Administración de la entidad declarante o persona que cumpla las funciones en el órgano que
sustituya a dicho Consejo, CERTIFICA: Que los representantes legales de la entidad, abajo firmantes, tienen facultades para actuar en
nombre y por cuenta de la entidad y que sus nombramientos no han caducado ni han sido revocados a la fecha de esta declaración.

Clave 00081
Datos de la sociedad matriz última:
NIF o equivalente

Código país

Nombre o razón social ........................
País o jurisdicción de residencia fiscal ..

Declaración complementaria
Nº de justificante de la declaración anterior

Fecha (sólo declaraciones del IRNR):

Declaración de los representantes legales de la entidad
La(s) persona(s) abajo identificada(s) como representante(s) legal(es) de la entidad declarante, manifiesta(n) que todos los datos consignados se corresponden con la información contenida en los libros oficiales
exigidos por la legislación mercantil, o en su defecto por las normas que les sean aplicables, y en los registros auxiliares, en relación con la determinación del resultado contable.

Por poder,

Por poder,

Por poder,

D.

D.

D.

NIF

NIF

NIF

Fecha poder

Fecha poder

Fecha poder

Notaría/Otros

Notaría/Otros

Notaría/Otros

Nota: Esta declaración deberá ser cumplimentada por apoderados de la sociedad, en número y con capacidad suficiente, con indicación de sus datos de identificación y de los relativos al cargo y escritura de
apoderamiento. El declarante podrá solicitar de la Administración la rectificación de la presente declaración si considera que perjudica de cualquier modo sus intereses legítimos, o bien la restitución de lo indebidamente ingresado si el perjuicio ha originado un ingreso indebido. Las solicitudes podrán hacerse siempre que la Administración tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el
mismo motivo ni haya transcurrido el plazo de cuatro años a que se refiere el artículo 66 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE del 18).

cve: BOE-A-2021-9493
Verificable en https://www.boe.es

Otros caracteres

Regímenes aplicables

Tipo de entidad

Caracteres de la declaración