III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-9458)
Resolución 420/38206/2021, de 31 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar, para la realización de diversas actividades durante el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69254

b) Aportar para el desarrollo del objeto de este Convenio, una cantidad global
estimada de quince mil euros (15.000 €).
c) Acordar con la Secretaría General de Política de Defensa todo lo relativo a la
realización de las actividades relacionadas en la cláusula primera.
d) Gestionar las cantidades procedentes del Ministerio de Defensa y la realización
de todos los pagos que origine el desarrollo de las actividades con arreglo a lo que se
señala en la cláusula tercera y en el anexo a este Convenio.
e) Entregar a la Secretaría General de Política de Defensa, una vez realizadas las
actividades, una memoria de actividades y una memoria económica en la que se
desglosen los gastos realizados, con cargo a la aportación económica del Ministerio de
Defensa, como consecuencia de las actividades objeto del Convenio, además de las
correspondientes facturas, tal y como se indica en la cláusula cuarta.
f) Incorporar de forma visible, en todos los materiales que se elaboren fruto del
presente Convenio, el logotipo institucional del Ministerio de Defensa/Secretaría General
de Política de Defensa, según el formato que se remitirá oportunamente.
Tercera.

Financiación.

El Ministerio de Defensa apoyará a la Asociación Retógenes Amigos de la Historia
Militar en el desarrollo de las actividades previstas en este Convenio con la cantidad
máxima de quince mil (15.000,00) euros, impuestos incluidos, con cargo a la aplicación
presupuestaria 14.01.121M2.226.06 de los presupuestos correspondientes al ejercicio
económico de 2021. Se imputarán a dicha aplicación presupuestaria los gastos que se
reflejan en el anexo a este Convenio.
Dicha transferencia se realizará, a través de una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada correspondiente.
El abono de la cantidad máxima reflejada en esta cláusula se podrá realizar, tras
finalizar cada una de las actividades previstas en la cláusula primera, en una sola vez o
en cuatro veces, mediante transferencias bancarias en la cuenta que a tal efecto designe
la Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar.
Las aportaciones financieras del Ministerio de Defensa no podrán ser superiores a
los gastos derivados de la ejecución del Convenio.
Cuarta.

Procedimiento de justificación del gasto.

– Documentos justificativos del gasto: tickets, y facturas o documentos de valor
probatorio equivalente (para aquellas operaciones exentas de IVA, será suficiente
cualquier otro documento de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con esa misma eficacia administrativa de acuerdo con el artículo 3 del Real
Decreto 1619/2012, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones
de facturación).
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del Convenio comprendida entre su fecha de publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 15 de noviembre del 2021.
En cualquier caso, las justificaciones del gasto deberán tener entrada en la
Secretaría General de Política de Defensa antes del 22 de noviembre del 2021.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad deberán
ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros Electrónicos de
las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2021-9458
Verificable en https://www.boe.es

La Asociación Retógenes Amigos de la Historia Militar remitirá al Ministerio de
Defensa un expediente del gasto, dentro del mes siguiente a la finalización de cada
actividad.
En el expediente se incluirán los siguientes documentos: