II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9452)
Resolución de 31 de mayo de 2021, de la Universidad Rovira i Virgili, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 69161

8. Propuesta de provisión y reclamaciones
8.1 Finalizada la prueba la comisión elaborará un informe razonado, que puede ser
individual o colectivo si la comisión así lo acuerda, sobre los méritos de las personas
candidatas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos e indicando el
baremo conseguido por cada uno de los concursantes. La comisión propondrá al
Rector/a de forma motivada y con carácter vinculante, una relación de todas las
personas candidatas que han sido valorados positivamente, con el orden de preferencia
para su nombramiento. La comisión también puede dejar la plaza desierta.
La comisión puede acordar su propuesta por unanimidad o por mayoría. En este
segundo caso el miembro de la comisión disconforme deberá hacer constar su propia
valoración y ordenación de las personas candidatas.
8.2 Los concursantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados para la
plaza no podrán alegar ningún derecho sobre plazas vacantes de la Universitat Rovira i
Virgili.
El/la Rector/a a la vista de la propuesta presentada, dictará resolución nombrando al
candidato/a de mayor puntuación propuesto por la comisión.
8.3 Según el artículo 65 de la LOU, el candidato/a nombrado no podrá participar en
un nuevo concurso de acceso para plazas de igual categoría y área o ámbito de
conocimiento de esta Universidad o una Universidad diferente, hasta que no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión.
8.4 Contra la propuesta de la comisión, las personas candidatas podrán presentar
reclamación ante el/la Rector/a de la Universidad, en el plazo de diez días a partir de la
fecha de la propuesta de la Comisión.
La valoración de las mismas, según el artículo 182 del Estatuto de la Universitat
Rovira i Virgili, corresponderá a la Comisión de Reclamaciones. La comisión, después de
haber escuchado a los miembros de la comisión de valoración del concurso reclamado y
las personas candidatas que hayan participado en el mismo, tiene que resolver
motivadamente las reclamaciones en el plazo máximo de tres meses. La resolución
del/de la Rector/a, que ejecuta el acuerdo de la Comisión de Reclamaciones, pone fin a
la vía administrativa.
9.

Presentación de documentos y nombramientos

a) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento
correspondiente si su nacionalidad es diferente a la española.
b) Fotocopia compulsada del título de doctor.
c) Certificado médico oficial en que conste que no padece enfermedad ni defecto
físico ni psíquico que le incapacite para realizar las funciones correspondientes a
profesor/a de universidad.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna administración pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de las personas aspirantes que no posean
la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada de no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.
Las personas candidatas que pertenezcan a esta Universidad sólo deberán presentar
los documentos a que se refiere esta base que no obren en su expediente personal.
9.2 Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera, estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener

cve: BOE-A-2021-9452
Verificable en https://www.boe.es

9.1 Las personas candidatas propuestas para la provisión de plazas deberán
presentar en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de veinte días naturales
siguientes a la conclusión de la actuación de la Comisión los siguientes documentos: