III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9477)
Resolución de 31 de mayo de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para el desarrollo de modelos informáticos para la identificación, a partir de series multitemporales de imágenes capturadas por los satélites Sentinel, de las parcelas agrícolas de viñedo, frutales, olivar y pastos permanentes en situación de abandono con el fin de monitorizar sus condiciones de admisibilidad en los regímenes de ayuda de la Política Agrícola Común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69358

Undécimo.
Dicha colaboración se articula mediante un Convenio que se ajusta al régimen
jurídico establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Conforme a los valores de igualdad asumidos por las partes, todas las referencias en
género masculino contenidas en el presente instrumento se entenderán hechas
indistintamente en género femenino.
Por todo lo expuesto, las partes formalizan el presente Convenio con sujeción a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene como objeto investigar y desarrollar metodologías para la
descarga y procesado de series multitemporales de imágenes Sentinel-2 de forma
eficiente, operativa y rigurosa, definir modelos informáticos para la identificación de las
parcelas de viñedo, frutales, olivar y pastos permanentes abandonadas y la
determinación de su nivel de abandono, verificar su operatividad para el control por
monitorización de las condiciones de admisibilidad para los regímenes ayudas de la PAC
e incorporar los resultados a los procedimientos de control del FEGA.
En virtud del mismo las partes intercambiarán imágenes, metodologías y
conocimientos para los desarrollos, para la verificación de su efectividad y para la
implementación de los resultados en los controles por monitorización. El trabajo de
investigación y desarrollo se estructura en los bloques descritos en el anexo I del
presente Convenio.
Obligaciones de la UPM.

1. Diseñar, planificar y ejecutar un proyecto de investigación para lograr los
objetivos recogidos en la cláusula primera de este Convenio. Las características técnicas
de dicho proyecto se describen en el anexo I.
2. Aportar al desarrollo del Convenio los conocimientos, la experiencia y la labor
investigadora de su personal de acuerdo con el plan de actuación que se contiene en el
anexo.
3. Poner a disposición de los investigadores los ordenadores más potentes de que
disponga, incluido el supercomputador de su Centro de Supercomputación.
4. Contrastar regularmente con el FEGA los avances de sus investigaciones para
verificar su operatividad de cara a los controles de la PAC y, en su caso, reorientar los
trabajos.
5. Poner a disposición del FEGA los desarrollos (algoritmos) creados para la
monitorización de las superficies y entregar al FEGA un informe final con los resultados
alcanzados. Del mismo modo remitirá una copia del informe a la Oficina de Transferencia
de Tecnología (OTT), que acredite su recepción por el FEGA.
6. La Unidad de Recursos Externos (USRE) será la unidad administrativa de la
UPM encargada de la recepción, gestión y registro de los convenios. La Oficina de
Transferencia de Tecnología (OTT), será la unidad administrativa encargada de cobros,
pagos, obligaciones fiscales y demás servicios de apoyo de carácter administrativo
derivados de la realización del mismo.
Tercera.

Obligaciones del FEGA.

1. Proporcionar a la UPM los datos del Sistema de Información Geográfica de
parcelas agrícolas (SIGPAC), las declaraciones de superficies de la PAC, los resultados
disponibles de los controles sobre el terreno y por teledetección-satélite de las parcelas

cve: BOE-A-2021-9477
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.